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Vista la propuesta de revisión de tarifas formulada por la Comisión Provincial de Precios de Málaga, y en uso de las facultades que tengo atribuidas por el Decreto 266/1988, de 2 de agosto, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de precios autorizados,
DISPONGO:
Autorizar las tarifas de taxi que a continuación se relacion, ordenado su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Agrupación de Auto-Turismo de Ronda
TARIFAS AUTORIZADAS
CONCEPTO IVA INCLUIDO
------------------------------------------------------------------------- Carrera mínima 260 pts.
Por cada carrera más 95 pts.
A Barriadas 285 pts.
Hospital General 320 pts.
Consultas externas 360 pts.
Polígono Industrial 320 pts.
La Pila y Barriada la Constitución 320 pts. De una Barriada a otra 425 pts.
Patronato Militar y Cañada Real 370 pts.
Barriada Constitución y San Francisco al Hospital 465 pts. Bajada al Tajo 885 pts.
Vista turística (1 hora) 1.795 pts.
Cada bulto o maleta 20 pts.
Hora de espera 1.195 pts/
Domingo, festivo y feriales suplemento 70 pts. Desde las 11 de la noche a las 8 de la mañana 50% Servicios especiales a convenir.
Esta Orden surtirá efecto el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 28 de agosto de 1990
JAIME MONTANER ROSELLO
Consejero de Economía y Hacienda
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