Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 79 de 21/9/1990

3. Otras disposiciones

Consejería de Obras Públicas y Transportes

ORDEN de 11 de septiembre de 1990, por la que se concede una subvención a la Asociación Española para Intercambio de Estudiantes.

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Ilmos. Sres.:

La Asociación Internacional para Intercambio de Estudiantes Técnicos (I.A.E.S.T.E.) está constituida como Asociación independiente opolítica y no lucrativa, siendo miembros de ella más de 47 países. El fin primordial de la misma, es facilitar a los estudiantes universitarios españoles de especialidades técnico-científicas, la oportunaidad de obtener experiencia en el más amplio sentido, mediante obtención de becas para prácticas de carácter técnico en el extranjero como complemento a sus estudios. El régimen de intercambio es de reciprocidad, tantas becas para el extranjero como se consignan por los representantes de un determinado centro universitario español será el número de estudiantes de dicho centro que tendrá la oportunidad de realizar prácticas en el extranjero.

En este sentido, vista la solicitud formulada por I.A.E.S.T.E. en base a la Orden de 10 de abril de 1990, por la que se regula la concesión de subvenciones para actividades de investigación, formación, fomento y difusión en materias relacionadas con las competencias de la Consejería, en virtud de las facultades atribuidas por el art. 39 de la Ley de Gobierno y Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía y por el art. 13 de la Ley 2/1990 de Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para esta Consejería ha resuelto lo siguiente:

Primero. Se concede una subvención por importe de un millón doscientas ochenta mil (1.280.000 Pts), pesetas, a la Asociación Española para Intercambio de Estudiantes Técnicos (I.A.E.S.T.E.), para financiar el intercambio de prácticas de ocho estudiantes extranjeros.

Segundo. Estos estudiantes realizarán las práticas en las Direcciones Generales de Arquitectura y Vivienda, Transportes, Carreteras y Urbanismo, en el ejercicio 1990.

Tercero. La Entidad beneficiaria deberá presentar a efectos de abono de la subvención, documentos acreditativos del intercambio con estudiantes españoles y, posteriarmente, y en base al art. 53 de la Ley General de Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, informes y documentos justificativos de los pagos efectuados en relación a la subvención concedida.

Lo que comunico a VV.II. para su conocimiento, notificación a los interesados y demás efectos.

Sevilla, 11 de septiembre de 1990

JUAN JOSE LOPEZ MARTOS

Consejero de Obras Públicas y Transportes

Iltmos. Sres.: Viceconsejero, Secretario General Técnico, Director General de Arquitectura y Vivienda, Director General de Transportes, Director General de Carreteras y Director General de Urbanismo.

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