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A efectos de notificación al interesado, de conformidad con lo previsto en el artículo 80.3º de la Ley de Procedimiento Administrativo, se hace pública la Resolución dictada por el Secretario General para la Administración Pública con fecha 16 de julio de 1990, cuyo contenido es el siguiente:
"Visto el expediente instruido y tramitado conforme a los previsto en los artículos 9 y 14 de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, y disposiciones complementarias, como cosecuencias de la solicitud formulada por D. Antonio Moya Mir para contabilizar su actividad pública como Facultativo Superior del Area de Prevención Técnica en Centro de Seguridad e Higiene de Armilla (Granada), con su actividad privada de Redacción de Planos y Proyecto de Cámara para mantenimiento de quesos, promovido por "Forlasa", en Atarfe (Granada), y en base a los siguientes Fundamentos Jurídicos:
1. Que de acuerdo con lo previsto en el artículo 12 del Real Decreto
598/1985, los reconocicmientos específicos para proyectos y trabajos técnicos requieren de previo reconocimiento con carácter general para el ejercicio de la actividad privada de carácter profesional, habiéndose denegado esta por Resolución del Secretario General para la Administración Pública de fecha 12 de julio de 1990.
RESUELVO
Denegar la compatibilidad solicitada en los términos a que se ha hecho referencia".
Contra dicha Resolución podrá interponerse Recurso de Reposición previo al Contencioso-Administrativo ante el Consejero de Gobernación, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la presente publicación.
Sevilla, 10 de septiembre de 1990.- La Secretaria General, Carmen Capitán Carmona.
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