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El Juzgado de lo Social número seis de esta Capital, ha dictado sentencia "IN VOCE" número 85, recaída en los Autos números 724/90, seguidos a instancia de Don Francisco Manuel Peral Jiménez, sobre reclamación de cantidad, en cuyo parte dispositiva, literalmente dice:
"Fallo: Que estimando la demanda formulada por Don Francisco Manuel Peral Jiménez, contra la Consejería de Hacienda y Planificación de la Junta de Andalucía, debo condenar y condeno a la parte demandada a que abone al actor la cantidad de 167.644 ptas.
Notifiquese la presente resolución a las partes con la advertencia de que contra la misma no cabe interponer recurso alguno". En su virtud, esta Consejería de conformdiad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución, 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y 26.3 de la Ley General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, ha tenido a bien disponer se cumpla, en sus propios términos la referida Sentencia, así como la publicación de su Fallo en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 4 de octubre de 1990
JAIME MONTANER ROSELLO
Consejero de Economía y Hacienda
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