Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 93 de 9/11/1990

3. Otras disposiciones

Consejería de Salud

ORDEN de 29 de octubre de 1990, por la que se concede una subvención específica por razón del objeto a la Federación Andaluza de Municipios y Provincias, con motivo de la celebración del primer congreso de la red andaluza de ciudades saludables.

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El artículo 45 de la Constitución Española declara el derecho que todos los ciudadanos tienen el disfrute de un medio ambiente adecuado para el desarrollo de la persona; determinándo la vinculación de la acción de los poderes públicos en orden a la mejora de la calidad de la vida y en la defensa y restauración del medio ambiente. El artículo 148.9. de la Constitución determina las competencias de gestión que pueden asumir las Comunidades Autónomas en materia de protección del medio ambiente y sanidad e higiene. Competencias que se recogen en los artículos 13.21 y 15.7 del Estatuto de Autonomía para Andalucía. Habida cuenta de lo expresado, y siendo de gran interés para la Comunidad Autónoma de Andalucía, en cumplimiento de lo preceptuado por los artículos 6.1; 186.6; 19.1 y 42.3, apartados a) y c) de la Ley General de Sanidad, la celebración del rubricado Congreso que va a permtir, además de constituir la Red Andaluza de Ciudades Saludables en la línea marcada por la Organización Mundial de la Salud, y aprobar sus Estatutos, la selección de un Programa de Salud a desarrollar por los Municipios participantes.

Ante la solicitud presentada en esta Consejería por la Federación mencionada, y existiendo crédito presupuestario para otorgar la referida subvención sin que sea posible promover concurso público por la naturaleza específica de la actividad a realizar y la especial característica de la Federación solicitante, conforme preceptúa el artículo decimotercero de la Ley 2/1990, de 2 de febrero, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 1990. Por todo cuanto antecede y en uso de las atribuciones que me están conferidas por los artículos 39.6 de la Ley 6/1983, de 21 de julio del Gobierno y Administración de la Comunidad Autónoma y 10.b) de la Ley General 5/1983, de 19 de julio, de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

DISPONGO:

Artículo primero. Conceder a la Federación Andaluza de Municipios y Provincias una subvención específica por razón del objeto por importe de dos millones de pesetas (2.000.000 ptas.), con motivo de la celebración del Primer Congreso de la Red Andaluza de ciudades saludables realizado en la localidad de Marbella (Málaga) durante los días 15, 16 y 17 de octubre del actual, con cargo al Presupuesto de esta Consejería para 1990.

Artículo segundo. La presente Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el "Boletín Oficial de la Junta de Andalucía".

Sevilla, 29 de octubre de 1990

JOSE ANTONIO GRIÑAN MARTINEZ

Consejero de Salud

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