Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 94 de 10/11/1990

3. Otras disposiciones

Consejería de Cultura y Medio Ambiente

ORDEN de 30 de octubre de 1990, por la que se dictan normas para el pago y justificación de las subvenciones con cargo al programa Andalucía 92 y Colón 92.

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A los efectos de dar mayor celeridad a la tramitación del régimen de pagos y justificación de las subvenciones realizadas por la Consejería de Cultura y Medio Ambiente con cargo a los Programas Andalucía 92 y Colón 92, resulta necesario dictar normas especiales que garanticen la hemogeneidad en los procesos seguidos, asegurando el cumplimiento de las disposiciones generales de la Hacienda de la Comunidad Autónoma.

En su virtud , por esta Consejería se ha dispuesto lo siguiente:

Primero. El régimen de pagos y justificación de las subvenciones específicas otorgadas por la Consejería de Cultura y Medio Ambiente con cargo a los Programas Andalucía 92 y Colón 92, se ajustará a lo dispuesto en la presente Orden.

Segundo. La subvención se hará efectiva mediante un primer libramiento, sin previa justificación, por importe del 10% de la cuantía expresada en cada una de las Ordenes relacionadas en el Anexo. Los libramientos sucesivos, excepto el último de ellos, se harán efectivos previa presentación de las certificaciones acreditativas de la inversión ejecutada.

Para el abono del último de los libramientos del importe de la subvención, será necesario acreditar, mediante certificación del Interventor de la Corporación, que se han abonado a los correspondientes preceptores todas las certificaciones anteriormente expedidas. De igual forma se procederá para justificar el empleo de esta última entrega de fondos.

Tercero. En todos los casos, en el plazo de quince días a partir de la recepción de los fondos, se aportará por el Ayuntamiento certificación de la Intervención de haber sido registrado en su contabilidad el ingreso de la Subvención, con expresión del asiento contable, de conformidad con el Artículo 38 del Reglamento de Intervención de la Junta de Andalucía (Decreto 149/88, de 5 de abril, BOJA núm. 45 de 10 de junio), en relación con el Artículo 53.4 de la Ley General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Cuarto. Lo dispuesto en la presente Orden será de aplicación al régimen de pagos y justificación de las subvenciones concedidas, en aplicación a los Convenios actualmente en vigor.

Quinto. Se autoriza al Viceconsejero para que dicte las instrucciones necesarias para la ejecución, desarrollo y cumplimiento de lo dispuesto en la presente Orden, que entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 30 de octubre de 1990

JUAN MANUEL SUAREZ JAPON

Consejero de Cultura y Medio Ambiente

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

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