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Por la presente cédula se hace el ofrecimiento de acciones que determinan los arts. 109 y 789 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, a quienes pudieren sentirse perjudicados, en virtud de las D. Previas 1997/90, que se instruyen por este Juzgado por presunto delito de estafa en relación al sorteo que presuntamente iba a celebrarse el día 31 de mayo del actual prorrogado al día 9 de junio, a quienes recibieron carta contrareembolso de 895 ptas., una tarjeta de invitación del Corpus de Granada, remitida por la empresa DIBAMAR, S.A.
Granada, 19 de octubre de 1990.- El Secretario Judicial.
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