Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 96 de 20/11/1990

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía y Hacienda

ORDEN de 2 de noviembre de 1990, por la que se dispone el cumplimiento de la Sentencia dictada por la Sala Tercera de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior (Sección 1.), en el Recurso de apelación núm. 456/88.

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La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la entonces Excma. Audiencia Territorial de Sevilla dictó Sentencia con fecha de 3 de noviembre de

1987, en el recurso número 1434/84, interpuesto por el Colegio Oficial de Arquitectos de Andalucía Occidental, contra la desestimación tácita del recurso formulado contra el acuerdo del Servicio Territorial de Córdoba de Industria, Energía y Promoción Industrial, de 29 de marzo de 1984, de la entonces Consejería de Economía, Industria y Energía, denegando la aprobación de un proyecto de electrificación de local comercial suscrito por el Arquitecto Superior Don Francisco Raya Mengíbar, por la que se estimaba en parte dicho recurso contencioso-administrativo, declarando la nulidad de dichas resoluciones y el derecho que le asiste al Arquitecto citado a ser indemnizado por aquella Administración en la cuantía que se fije en ejecución de Sentencia sobre las bases sentadas en el último fundamento jurídico de dicha Sentencia, sin imposición de costas. Contra la referida Setencia, la Junta de Andalucía interpuso recurso de apelación, el que correspondió a la Sala Tercera Sección Primera del Tribunal Supremo con el número 456/88, la cual con fecha 21 de julio de

1989, dictó Sentencia, que es firme, conteniendo en su parte dispositiva, el siguiente pronunciamiento:

"Fallamos: Que desestimando como desestimamos el recurso de apelación interpuesto por la representación de la Junta de Andalucía contra la Sentencia de la Sala Territorial de Sevilla de 3 de diciembre de 1987 (sic), debemos confirmar y confirmamos la mencionada Sentencia, sin hacer especial declaración de condena respecto de las costas causadas en esta segunda instancia".

En su virtud, esta Consejería de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución, 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y 103 y siguientes de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha tenido a bien disponer el cumplimiento de la meritada Sentencia y la publicación del presente Orden en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 2 de noviembre de 1990

JAIME MONTANER ROSELLO

Consejero de Economía y Hacienda

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