Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 109 de 12/12/1991

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Ciencia

RESOLUCION de 2 de diciembre de 1991, de la Dirección General de Ordenación Educativa, por la que se aprueban los Proyectos de Innovación de los Centros de Educación de Adultos, presentados en la convocatoria de 24 de abril de 1991.

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La Orden de la Consejería de Educación y Ciencia de 24 de abril de 1991 (BOJA núm. 45 de 11 de julio de 1991), convoca a los Centros de Adultos de Andalucía para la realización de Proyectos de Innovación.

De acuerdo con el contenido de los artículos 6º. y 9º. de la citada Orden que regulan el procedimiento y selección de Proyectos de Innovación en Centros para la Educación de Adultos, esta Dirección General,

HA RESUELTO

PRIMERO.- Aprobar los Proyectos que aparecen en el Anexo I de la presente Resolución, con la dotación económica indicada.

SEGUNDO.- El cincuenta por ciento de las cantidades concedidas se remitirá a los Centros, en el primer trimestre del Curso 1991-1992, una vez confirmada documentalmente por las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Educación y Ciencia la aprobación en el Plan de Centro del Proyecto de Innovación.

Las restantes ayudas económicas se enviarán en el segundo trimestre del Curso 1991-1992, cuando se haya valorado, en el informe pedagógico del mes de febrero de 1992, el desarrollo seguido por el Proyecto hasta ese momento.

TERCERO.- Conceder apoyo institucional a los Proyectos sobre mujer y coeducación indicados en el Anexo II, con la dotación económica que figura en el mismo.

CUARTO.- Conceder apoyo institucional a los Proyectos indicados en el Anexo III.

QUINTO.- Los Centros deberán comunicar por escrito a la respectiva Delegación Provincial la aceptación del apoyo concedido para la presente Resolución en el plazo de de veinte días, a partir del día siguiente al de su publicación en BOJA.

SEXTO.- El procedimiento de justificación de las cantidades asignadas a los Proyectos se ajustará a lo establecido en la normativa vigente según el tipo de crédito aplicado.

SEPTIMO.- Contra la presente Resolución podrá interponerse ante la Consejería de Educación y Ciencia, según establece el artículo 122 de la Ley de Procedimiento Administrativo, Recurso de Alzada en el plazo de quince días, a partir de la publicación de la presente Resolución.

Sevilla, 2 de diciembre de 1991.- El Director General, Casto Sánchez Mellado.

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

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