Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 14 de 22/2/1991

3. Otras disposiciones

Consejería de Cultura y Medio Ambiente

ORDEN de 14 de febrero de 1991, por la que se hace pública la convocatoria de ayudas para actuaciones a empresas de compañías de teatro para 1991.

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Como continuación de la línea de apoyo profesional en Andalucía, para potenciar las iniciativas de estos profesionales, siendo éste uno de los capítulos definidos en los programas de ayuda al teatro dentro de la Consejería de Cultura y Medio Ambiente, parece aconsejable la publicación durante el presente año de la convocatoria similar de años anteriores.

Por todo ello, con arreglo a criterios de publicidad, concurrencia y objetividad, a propuesta de la Dirección General de Fomento y Promoción Cultural, visto el preceptivo informe de la Secretaría General Técnica y de acuerdo con las leyes de la Hacienda Pública y de Gobierno y Administración de la Comunidad Autónoma y en uso de las facultades que me están conferidas:

DISPONGO:

Artículo 1. Se hace pública la Convocatoria de Ayudas para actuaciones a empresas de compañía teatral correspondiente al año 1991.

Artículo 2. Las Ayudas se imputarán a la aplicación presupuestaria

1.20.01.474.03.35B.6 del presente ejercicio económico.

Artículo 3. La convocatoria quedará abierta hasta el 31 de mayo de 1991.

Artículo 4. La concesión de las ayudas se realizará con arreglo a las bases que se especifican a continuación y subsidiariamente por la Orden de 20 de septiembre de 1990 por la que se regula el procedimiento general para la concesión de subvenciones y ayudas. Lo que se hace público para general conocimiento.

Sevilla, 4 de febrero de 1991

JUAN MANUEL SUAREZ JAPON

Consejero de Cultura y Medio Ambiente

BASES

1. Participantes.

Podrán participar en esta Convocatoria los empresarios individuales y las empresas de compañías teatrales.

A efectos de esta convocatoria se establecen dos tipos de participantes:

a) Los empresarios individuales y empresas de Cía. Teatal con domicilio social en Andalucía, quienes podrán realizar funciones dentro y fuera de la Comunidad Autónoma.

b) Los empresarios individuales y las Cías. Teatrales con domicilio social en el resto del estado español, quienes tendrán que realizar todas las funciones concedidas dentro de la Comunidad Autónoma Andaluza.

2. Objeto de las ayudas.

Los grupos-empresas participantes en esta Convocatoria sólo podrán presentar los montajes estrenados a partir del 1 de enero de 1990 hasta fecha de finalización de presentación de solicitudes.

3. Solicitudes.

3.1. Las solicitudes se dirigirán al Director General de Fomento y Promoción Cultural y podrán ser presentadas en el registro de dicha Dirección General, C/ Ximénez de Enciso, 25. 41004 Sevilla, o mediante cualquiera de los cauces previstos en el art. 66 de la Ley de Procedimiento Administrativo.

3.2. Acompañando las solicitudes, según modelo adjunto, se aportarán los siguientes documentos:

a) Título y autor de la obra.

b) Fotocopia del D.N.I. del solicitante.

c) C.I.F. en caso de personas jurídicas.

d) Escritura de constitución de la Empresa.

e) Carta de pago de la Licencia Fiscal como empresa de compañía teatral.

f) Autorización de la Sociedad General de Autores o de cualquier entidad de gestión capacitada para la representación de la obra según el art.

132 de la Ley de Propiedad Intelectual o declaración responsable en el caso de no generar derechos.

g) Documentos acreditativos del pago de las obligaciones tributarias.

h) Documentos acreditativos de la situación de alta en la Seguridad Social.

i) Declaración de otras ayudas recibidas o solicitadas para el mismo proyecto.

j) Documento que acredite la representatividad legal de la persona física que actúe en nombre de la empresa.

3.3. Para actuaciones dentro del territorio español se añadirá: Cuadro artístico y técnico.

Necesidades técnicas del montaje.

Caché del espectáculo y su desglose justificativo.

Fechas aproximadas de comenzo y finalización de la gira.

3.4. Para las actuaciones en el extranjero.

Breve historial del grupo con especificación de sus anteriores actuaciones en el extranjero.

Cuadros artísticos y técnicos que se desplazan.

Fechas de comienzo del viaje, actuación y regreso.

Programa oficial del Festival, en su caso.

Invitación oficial de la Entidad anfitriona dirigida a esta Consejería especificando el nombre del grupo invitado, el espectáculo la fecha de actuación, así como la aportación económica u otra que dicha Entidad conceda al grupo.

Presupuestos del viaje realizado por alguna Agencia especializada. Toda la documentación anteriormente citada y que se presente fotocopiada, deberá ir debidamente compulsada.

4. Cuantía de las ayudas.

El importe de las solicitudes presentadas podrá ser atendido en su totalidad o parcialmente.

5. Selección y concesión.

5.1. El Director General de Fomento y Promoción Cultural, informado por el Consejo Asesor del Centro Andaluz de Teatro, resolverá la concesión de las ayudas entre los proyectos presupuestados.

5.2. La resolución debidamente motivada, será comunicada a los interesados con indicación del importe total de la ayuda, si bien ésta quedará supeditada a la aceptación definitiva mediante escrito que deberá remitir el interesado a la Dirección General de Fomento y Promoción Cultural en el plazo de 10 días. En otro caso, se entenderá hecha la renuncia.

5.3. Para la concesión de las ayudas y determinación de sus cuantías, se tendrá en cuenta los siguientes criterios:

a) El interés cultura de la producción.

b) El resultado artístico de su puesta en escena.

c) La acogida del público y la crítica.

d) La trayectoria artística de la Compañía.

Para las salidas al extranjero se considerarán además:

e) El prestigio de la entidad extranjera que organiza la actuación.

f) El grado de desplazamiento necesario para asistir al mismo.

6. Aceptación y pago de las ayudas.

Una vez realizada la selección, los solicitantes que hayan resultado beneficiados, deberán aceptar la ayuda en el plazo de diez días, acompañando a su aceptación la siguiente documentación original o fotocopia debidamente compulsada.

Documento acreditativo del pago de las obligaciones tributarias. Documento acreditativo del pago de la Seguridad Social. El pago de las ayudas se realizará de la siguiente manera: Un primer 60% del total a la presentación de los contratos entre los beneficiarios y las corporaciones o entidades colaboradoras sin ánimo de lucro que habrán de ser remitidos en un plazo no superior a dos meses desde la fecha de aceptación.

El 40% restante a la presentación de las certificaciones de las actuaciones realizadas.

7. Obligaciones de los beneficiarios.

Los beneficiarios de las ayudas se comprometen a realizar la gira en las fechas y lugares convenidos, así como a cumplir las características contenidas en el proyecto presentado. Cualquier modificación tendrá que ser autorizada por la Dirección General de Fomento y Promoción Cultural. En caso contrario, podría dar lugar a la revocación total o parcial de la ayuda y, por consiguiente, si hubiera lugar, a la devolución por parte del beneficiario de las cantidades percibidas.

En el plazo de un mes desde la percepción de la totalidad de la ayuda, los beneficiarios presentarán certificado acreditativo de que el importe de la ayuda ha quedado registrado en su contabilidad, con expresión del asiento practicado.

En el mismo plazo de un mes, deberán presentar en la Dirección General de Fomento y Promoción Cultural, los siguientes documentos:

a) Documentación que acredite suficientemente la aplicación de la ayuda a la finalidad para la que se concedió.

b) Para las empresas de compañías solicitantes se actuaciones en el extranjero presentarán igualmente un informe de la actividad, certificado de actuación expedido por un responsable de la entidad organizadora y un dossier de prensa con publicidad y críticas.

c) Para las actuaciones de grupos en Andalucía y resto de España se establece como fecha tope para la presentación de los certificados de actuaciones el 15 de diciembre de 1991.

8. Publicidad

En toda la publicidad que se elabore a partir de las actuaciones de que son objeto estas ayudas incluidas cualquier tipo de programa, deberá figurar el siguiente lema: "Con la colaboración de la Consejería de Cultura y Medio Ambiente, Junta de Andalucía, de acuerdo con el Manual de Identidad Corporativa Gráfica que oportunamente se proporcionará.

9. Publicación.

La relación definitiva de los beneficiarios de las ayudas será publicada en el BOJA y en los tablones de anuncios de esta Dirección General de Fomento y Promoción Cultural y de las Delegaciones Provinciales de esta Consejería.

ANEXO

MODELO DE INSTANCIA

D. ....................................................................... en representación de ....................................... de la misma, con C.I.F. núm. .................... y domicilio social ................. C.P. ............... calle .................... núm. .................... núm. ......................... teléfono ................................ Cta./cte. núm. .......................................................... en la entidad bancaria ................................................... sita en ............... calle ............... núm. ......................

EXPONE:

Que de conformidad con lo dispuesto en la Orden de .......... de 1991 que regula la Convocatoria de Ayudas para Actuaciones a Empresas de Compañías de Teatro para 1991, creyendo reunir los requisitos exigidos en la misma, aporta la documentación pertinente y,

SOLICITA:

Le sea concedida una ayuda de ...................................... ptas. para las actuaciones de la Compañía con el espectáculo ................. .......................................................................... ..........................................................................

En ............... a .......... de .......... de ..........

Fdo.:

Ilmo. Sr. Director General de Fomento y Promoción Cultural. Consejería de Cultura y Medio Ambiente de la Junta de Andalucía.

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