Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 14 de 22/2/1991

3. Otras disposiciones

Consejería de Cultura y Medio Ambiente

ORDEN de 14 de febrero de 1991, por la que se convocan ayudas a giras para Profesionales relacionados con la Música y la Danza 1991.

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Como continuación a la línea de apoyo a los profesionales de la música y la danza en Andalucía, para apoyar sus iniciativas artísticas, en vista de las dificultades que encuentran para darse a conocer, y con vistas a vitalizar la actividad de la música y la danza en nuestra Comunidad Autónoma, claramente deficitaria en este aspecto en relación a otros territorios del Estado, y teniendo en cuenta los resultados obtenidos en convocatorias anteriores, siendo éste uno de los capítulos definidos en los programas de ayudas a la actividad musical y de danza dentro de la Consejería de Cultura y Medio Ambiente, se hace aconsejable la publicación de esta convocatoria dentro del presente año. Por todo ello, con arreglo a criterios de publicidad, concurrencia y objetividad, a propuesta de la Dirección General de Fomento y Promoción Cultural, visto el preceptivo informe de la Secretaría General Técnica y de acuerdo con las Leyes de la Hacienda Pública y de Gobierno y Administración de la Comunidad Autónoma y en uso de las facultades que me están conferidas:

DISPONGO:

Artículo 1. Se convocan ayudas para giras de profesionales relacionados con la Música y la Danza correspondiente a 1991.

Artículo 2. La cuantía de las ayudas se imputarán a la aplicación presupuestaria 1.20.01.474.02.35B.7.0000 del presente ejercicio económico.

Artículo 3. La convocatoria quedará abierta hasta el 31 de mayo de 1991.

Artículo 4. La concesión de las ayudas se realizará con arreglo a las bases que se especifican a continuación. En lo no previsto se estará a lo preceptuado en la Orden de 20 de septiembre de 1990 (BOJA núm. 80 de

25 de septiembre de 1990).

Lo que se hace público para general conocimiento.

Sevilla, 14 de febrero de 1991

JUAN MANUAL SUAREZ JAPON

Consejero de Cultura y Medio Ambiente

BASES

1. Primera.

Podrán participar en esta Convocatoria personas físicas y grupos de profesionales relacionados con la Música y la Danza.

2. Segunda.

Pueden ser objeto de estas ayudas los proyectos de gira por la Comunidad Autónoma Andaluza, así como por otras localidades fuera de nuestra comunidad, siempre que dichos proyectos sean presentados por grupos andaluces y que se realicen durante el año a que se refiere la presente convocatoria.

3. Tercera.

Las solicitudes, según Anexo, se dirigirán al Director General de Fomento y Promoción Cultural y podrán presentarse en el Registro de la Dirección General, C/ Ximénez de Enciso, 35, 41004 Sevilla: o por cualquiera de los cauces previstos en el art. 66 de la Ley de Procedimiento Administrativo.

4. Cuarta.

Acompañando las solicitudes, en las que se hará constar los datos de identificación del solicitante, se adjuntarán los siguientes documentos: Fotocopia del D.N.I. del solicitante.

Licencia Fiscal.

Proyecto específico de la gira, con el siguiente detalle: Currículum artístico de la persona o personas que integren el grupo. Caché por actuación y su justificación.

Número de actuaciones, lugares y fechas preferentes.

Programa o programas que se proponen.

Documento que acredite la representación de la persona o empresa que actua en nombre de la persona o grupo representado.

Toda la documentación anteriormente referenciada y que se presente fotocopiada, deberá ir debidamente compulsada.

5. Quinta.

El importe de las solicitudes presentadas podrá ser atendido en su totalidad o parcialmente. Las solicitudes serán informadas por una comisión que a tal efecto designará el Director General de Fomento y Promoción Cultural y serán resueltas por el mismo.

La resolución debidamente motivida, será comunicada a los interesados. Agotada la convocatoria se publicará en el BOJA así como en los tablones de anuncios de las Delegaciones Provinciales de esta Consejería de Cultura y Medio Ambiente, la relación de los beneficiarios.

6. Sexta.

Para la concesión de las ayudas y determinación de sus cuantías se tendrá en cuenta el currículum de la persona o grupo, la programación y en general toda la documentación presentada por los solicitantes que peuda ser positiva para una mejor valoración del proyecto.

7. Séptima.

Una vez realizada la selección, los solicitantes que hayan resultado beneficiados, deberán aceptar la ayuda en el plazo de diez días, acompañando a su aceptación la siguiente documentación original o en fotocopia debidamente compulsada.

Documento acreditativo del pago de las obligaciones tributarias. Documento que acredite el pago de la Seguridad Social.

El pago de las ayudas se realizará de la siguiente manera: Un primer 60% del total a la presentación de los contratos entre los beneficiarios y las corporaciones o entidades colaboradoras sin ánimo de lucro que habrán de ser remitidos en un plazo no superior a dos meses desde la fecha de aceptación.

El 40% restante a la presentación de las certificaciones de las actuaciones realizadas.

En el plazo de un mes desde la percepción de la totalidad de la ayuda, los beneficiarios presentarán certificado acreditativo de que el importe de la ayuda ha quedado registrado en su contabilidad, con expresión del asiento practicado.

Octava.

Los beneficiarios de las ayudas comprometen a realizar la gira en las fechas y lugares convenidos, así como a cumplir las características contenidas en el proyecto presentado. Cualquier modificación tendrá que se autorizada por la Dirección General de Fomento y Promoción Cultural. En caso contrario, podría dar lugar a la revocación total o parcial de la ayuda y, por consiguiente, si hubiere lugar, a la devolución por parte del beneficiario de las cantidades percibidas.

9. Novena.

Asimismo, los benenficiarios quedan obligados a incluir de manera destacada en la propaganda de la actividad a realizar (cartelería, folletos, programas de mano, etc.), el patrocinio de la Consejería de Cultura y Medio Ambiente de la Junta de Andalucía según el Manuel de Identidad Corporativa Gráfica que oportunamente se les proporcionará.

10. Décima.

La participación de esta convocatoria implica la aceptación de estas bases.

ANEXO

Don ......................... D.N.I. o C.I.F. ............................ con domicilio en ............... n. ........... localidad ................ Provincia ......................... Telf. ................................ Banco o Caja de Ahorros .................................................. Localidad .................... Domicilio de la Agencia ................... n. de cuenta corriente o libreta de ahorro ...............................

EXPONE:

Qu según lo dispuesto en la Orden de de de 1991, por la que se convocan Ayudas a Giras para profesionales relacionados con la Música y la Danza.

SOLICITA:

Le sea concedida una ayuda de ....................................... pts. con objeto de ....................................................... para lo cual acompaña la documentación requerida en la base cuarta de la Convocatoria.

..............., ..............., ............... de 1991. Fdo.:

Ilmo. Sr. Director General de Fomento y Promoción Cultural. Consejería de Cultura y Medio Ambiente. Junta de Andalucía.

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