Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 20 de 15/3/1991

3. Otras disposiciones

Consejería de Cultura y Medio Ambiente

RESOLUCION de 31 de octubre de 1990, de la Agencia de Medio Ambiente por la que se acuerda ejercer el derecho de retracto sobre la compraventa de la finca La Rambla del Plomo, sita en el término municipal de Níjar (Almería).

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Por la Dirección Provincial de Almería de la Agencia de Medio Ambiente se insta de esta Presidencia se lleve a cabo el ejercicio del derecho de retracto sobre la compraventa de la finca "La Rambla del Plomo", sita en el término municipal de Níjar (Almería).

Resultando que la citada finca se encuentra dentro de los límites del Parque Natural "Cabo de Gata-Níjar, declarado como tal por Decreto

314/1987, de 23 de diciembre.

Resultando que el artículo 8 del Decreto antes invocado impone la obligación de notificar a la Agencia de Medio Ambiente todo proyecto de cambio de titularidad de transmisión de dominio inter vivos, a título oneroso, de los predios ubicados en el interior del Parque y que la Agencia de Medio Ambiente podrá ejercer el derecho de tanteo y, en su caso, el de retracto.

Resultando que en el expediente obra certificación del Director Provincial de la Agencia en Almería haciendo constar que, con fecha 23 de noviembre de 1989, se la ha notificado la compraventa efectuada por Dña. Rosa Cabestrero Otero a favor de "Cortijo del Fraile, S.A", en escritura otorgada ante el Notario D. Ramón Alonso Fernández, en fecha

18 de agosto de 1989, con el número 1913 de su protocolo, a los efectos prevenidos en el artículo 24 de la Ley 2/1989, de 18 de julio, por la que se aprueba el Inventario de Espacios Naturales Protegidos de Andalucía y se establecen medidas adicionales para su protección, en relación con el artículo 10 de la Ley 4/1989, de 27 de marzo, de Conservación de los Espacios Naturales y de la Flora y Fauna Silvestres. Considerando que la Agencia de Medio Ambiente es competente para el ejercicio del derecho de retracto y por tanto para conocer y resolver este expediente, en virtud de las disposiciones citadas. Considerando que en el presente caso concurren todos los requisitos legales exigidos y dado que es de indudable interés la adquisición de la citada finca por este Organismo para un mejor cumplimiento de sus fines.

Vistos el Real Decreto 1096/1984, de 4 de abril, de traspaso de funciones y servicios del Estado a la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de Conservación de la Naturaleza; Ley 6/1984, de 12 de junio, por la que se crea la Agencia de Medio Ambiente; Ley 4/1989, de 27 de marzo; el Decreto 314/1987, de 23 de diciembre, y demás disposiciones de pertinente aplicación.

En uso de las atribuciones que me confiere la legislación vigente de aplicación,

HE RESUELTO

Ejercitar el derecho de retracto, sobre la finca denominada "La Rambla del Plomo", sita en el término municipal de Níjar (Almería) y cuyos datos constan en la presente resolución.

Sevilla, 31 de octubre de 1990.- El Presidente, Tomás de Azcárate y Bang.

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