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En el recurso núm. 3243/87 interpuesto por D. Domingo Vallejo de La Parte, se ha dictado sentencia con fecha 23.7.90, cuya parte dispositiva literalmente dice:
"FALLO: Debemos estimar y estimamos el recurso interpuesto por D. Domingo Vallejo de la Parte contra la desestimación presunta de la petición efectuada por el recurrente al Delegado Provincial de la Consejería de Educación de Sevilla para la devolución de la cantidad de 14.461 pesetas, deducidas en la nómina de marzo por ausencia en el trabajo los días 17 y 20 de octubre de 1986, que anulamos declarando el derecho del recurrente a la devolución de 14.461 pesetas más intereses legales".
Esta Consejería de conformidad con lo dispuesto en los artículos 103 y siguientes de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de
27 de diciembre de 1956, ha dispuesto que se cumpla en sus propios términos la referida Sentencia en lo que a esta Consejería respecta.
Sevilla, 8 de marzo de 1991
ANTONIO PASCUAL ACOSTA
Consejero de Educación y Ciencia
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