Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 25 de 9/4/1991

3. Otras disposiciones

Consejería de Cultura y Medio Ambiente

RESOLUCION de 18 de febrero de 1991, de la Agencia de Medio Ambiente, por la que se acuerda ejercer el derecho de retracto sobre la compraventa de las Fincas Majada del Castillo Nuevo, Haza Blanca y Las Norias, sitas en el término municipal de Níjar (Almería).

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Por la Dirección Provincial de Almería de la Agencia de Medio Ambiente se insta de esta Presidencia se lleve a cabo el ejercicio del derecho de retracto sobre la compraventa de las fincas "Majada del Castillo Nuevo", "Haza Blanca" y "Las Norias", sitas en el término municipal de Nijar (Almería).

Resultando que las citadas fincas se encuentran dentro de los límites del Parque Natural "Cabo de Gata-Nijar", declarado como tal por Decreto

314/1987, de 23 de diciembre.

Resultando que el artículo 8 del Decreto antes invocado impone la obligación de notificar a la Agencia de Medio Ambiente todo proyecto de cambio de titularidad de transmisión de dominio inter vivos, a título oneroso, de los predios ubicados en el interior del Parque y que la Agencia de Medio Ambiente podrá ejercer el derecho de tanteo y, en su caso el de retracto.

Resultando que en el expediente obra certificación del Director Provincial de la Agencia de Almería haciendo constar que, con fecha 23 de febrero de 1990, se le ha notificado la compraventa efectuada por Dña. Margarita Ana Leonhardt Jahrling y otros a favor del "Rodalquimar, S.A.", en escritura otorgada ante el Notario D. Ramón Alonso Fernández, en fecha 26 de julio de 1989, con el número 1975 de su protocolo, a los efectos prevenidos en el artículo 24 de la Ley 2/1989, de 18 de julio, por la que se aprueba el Inventario de Espacios Naturales Protegidos de Andalucía y se establecen medidas adicionales para su protección, en relación con el artículo 10 de la Ley 4/1989, de 27 de marzo, de Conservación de los Espacios Naturales y de la Flora y Fauna Silvestres. Resultando que la referida transmisión afecta a las fincas "Majada del Castillo Nuevo", de 1.15.50 Has., inscrita en el Registro de la Propiedad con el número 12.699, del libro 192 de Nijar; a la finca "Haza Blanca", de un cabida de 2.31.00 Has., inscrita en el mismo Registro de la Propiedad con el número 12.700 del mismo libro y la finca "Las Norias", que después de la segregación que consta en las escrituras de compraventa, tiene una cabida de 54.73.77 has. y se encuentra inscrita en el número 12.698 del mismo Registro y libro. Resultando que dichas fincas albergan valores dignos de conservación, como los recursos edáficos de mayor entidad del Parque Natural, recursos hídricos y tecnología de extracción, lo que confiere al espacio un singular valor ecocultural y que conforman la superficie central y del extremo costero del Valle de Rodalquilar, valle que, sin duda resulta, junto al de Genoveses, el de mayor relevancia paisajística de este Espacio Protegido.

Considerando que la Agencia de Medio Ambiente es competente para el ejercicio del derecho de retracto y por tanto para conocer y resolver este expediente, en virtud de las disposiciones citadas. Considerando que en el presente caso concurren todos los requisitos exigidos y dado que es de indudable interés la adquisición de la citada finca por este Organismo para un mejor cumplimiento de sus fines. Vistos el Real Decreto 1096/1984, de 4 de abril de traspaso de funciones y servicios del Estado a la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de Conservación de la Naturaleza; Ley 6/1984 de 12 de junio, por la que se crea la Agencia de Medio Ambiente; Ley 4/1989, de 27 de marzo, el Decreto

314/1987, de 23 de diciembre, Ley 2/1989, de 18 de julio y demás disposiciones de pertinente aplicación

HE RESUELTO

Ejercer el derecho de retracto sobre las fincas denominadas "Majada del Castillo Nuevo", "Haza Blanca" y "Las Norias", sitas en el término municipal de Nijar (Almería) y cuyos datos constan en la presente resolución.

Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, puede interponer Recurso de Alzada, en el plazo de quince días, cotados a partir del siguiente a áquel en que tenga lugar la notificación, ante el Excmo. Sr. Consejero de Cultura y Medio Ambiente.

En Sevilla, 18 de febrero de 1991.- El Presidente, Tomás de Azcárate y Bang.

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