Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 28 de 19/4/1991

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía y Hacienda

RESOLUCION de 22 de marzo de 1991, de la Delegación Provincial de Jaén, autorizando el establecimiento de la instalación elétrica que se cita.

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Visto el expediente incoado en esta Delegación Provincial, a petición de Cía Sevillana de Electricidad, S.A., solicitando autorización para el establecimiento de una instalación eléctrica, y la autorización, en concreto, de la utilidad pública de la misma, y cumplidos los trámites reglamentarios ordenados en el Capítulo III del Decreto 2617/1966 sobre autorización de instalaciones eléctricas y Capítulo III del Decreto

2619/1966 sobre expropiación forzosa, y sanciones en materia de instalaciones eléctricas, y Ley de 24.11.39.

Esta Delegación Provincial ha resuelto:

Autorizar a Cía Sevillana de Electricidad, S.A., para el establecimiento de la instalación eléctrica, cuyas principales características técnicas son las siguientes:

Finalidad de la instalación: Electrificación de un nuevo Polígono de tolerancia industrial, en Andújar.

LINEA ELECTRICA

Origen y final: El entronque que se realizará en el centro de transformación "Puente Romano", hacia el Polígono Industrial haciendo entrada y salida en los nuevos Centros de Transformación proyectados, y volviendo nuevamente hasta las proximidades del Centro de Transformación "Puente Romano", para quedar integrado en el circuito de 20 Kv., de Cía Sevillana de Electricidad, S.A.

Término municipal: Andújar.

Tensión de servicio: 20 Kv.

ESTACION TRANSFORMADORA: Dos centros de transformación. Tipo: Interior.

Potencia: 1.260 Kv., cada uno.

Relación de transformación: 20 kv./380-220 V. Procedencia de los materiales: Nacional.

Presupuesto en pesetas: 9.511.000.

Referencia 005-5663

Declarar en concreto la utilidad pública de la instalación eléctrica que se autoriza, a los efectos señalados en la Ley 10/1966 sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas, y en su Reglamento de aplicación aprobado por Decreto 2619/1966 del 20 de octubre.

Esta instalación no podrá entrar en servicio mientras, no cuente el peticionario de la misma con la aprobación de su proyecto en ejecución, previo cumplimiento de los trámites que se señalan en el Capítulo IV del citado Decreto 2617/1966 del 20 de octubre.

Jaén, 22 de mayo de 1991.- El Delegado, Angel G. Menéndez Pérez.

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