Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 31 de 30/4/1991

3. Otras disposiciones

Consejería de Trabajo

ORDEN de 11 de abril de 1991, por la que se convoca concurso público para la adjudicación de becas destinadas a la realización de trabajos de investigación o estudio en materia de condiciones de trabajo.

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La Consejería de Trabajo en el marco de ejecución de las competencias que tiene asignadas en materia de Seguridad e Higiene en el Trabajo, en virtud del Decreto 26/1983, de 9 de febrero, convoca concurso público para la adjudicación de becas, destinadas a subvencionar trabajos de investigación o estudios que versen sobre temas relativos a condiciones de trabajo, de aplicación al control de siniestralidad laboral y a la mejora de calidad de vida de los distintos colectivos laborales encuadrados en empresas radicadas en la Comunidad Autónoma Andaluza. En la presente Orden se regulan las normas y procedimiento a seguir para la concesión de estas ayudas con respecto a los criterios de publicidad, concurrencia y objetividad exigidos en el artículo 19.2 de la Ley 6/1990 de 29 de diciembre del Presupuesto de la Comunidad Autonoma para 1991.

En su virtud en uso de las facultades que me están conferidas y a propuesta de la Dirección General de Trabajo y Seguridad Social,

DISPONGO:

Artículo 1º. Convocar concurso público para la concesión de becas, destinadas a financiar trabajos de investigación o estudios dirigidos a la profundización en temas preventivos de aplicación al control de la siniestralidad laboral y a la mejora efectiva de las condiciones de trabajo, en su sentido más amplio, en la Comunidad Autónoma de Andalucía, de conformidad con las bases que se publican como anexo de la presente Orden.

Artículo 2º. La cuantia máxima de cada una de las becas a conceder no podrá exceder de un millón de pesetas.

Artículo 3º. Las referidas ayudas serán financiadas con cargo a la partida correspondiente del presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el ejercicio de 1991, dentro del Programa de Administración de las Relaciones Laborales.

DISPOSICION FINAL

Se faculta al Director General de Trabajo y Seguridad Social dictar las disposiciones necesarias de aplicación y desarrollo de la presente Orden, que entrará en vigor a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 11 de abril de 1991

FRANCISCO OLIVA GARCIA

Consejero de Trabajo

ANEXO

BASES DE LA COVOCATORIA

OBJETO.- Los trabajos presentados deberán versar sobre las siguientes materias:

- Protección de máquinas.

- Control de riesgos de origen eléctrico.

- Sistemas de control de contaminantes de naturaleza química, fisica y/o biológica.

- Ergonomía de diseño.

- Organización y métodos de trabajo.

- Estudios y planes de seguridad en el trabajo.

- Medicina Laboral.

- Psicosociología de la prevención.

- Nuevas tecnologías y condiciones de trabajo.

Dentro de las citadas materias tendrán carácter prioritario para la concesión de las becas aquellas que desarrollen especificamente los siguientes temas:

Incidencia de la industria -andaluza de la aplicación del R.D. 1316/89 de 27 de Octubre sobre protección de los trabajadores frente a los riesgos derivados de la exposición al ruido durante el trabajo.

Programa informático, sobre sistema operativo estandar, para la evaluación de un puesto de trabajo genérico desde la perspectiva de la seguridad, la higiene y las condiciones de trabajo.

Establecimiento de modelos organizativos multidisciplinares para la prevención de riesgos en el Sector Construcción.

Desarrollo de estudios que versen sobre aspectos preventivo-laborales y/o condiciones de trabajo en el Sector Agrícola Andaluz.

Establecimientos de modelos organizativos multidisciplinares para la prevención de riesgos en las PYMES y en la Gran Empresa.

BENEFICIARIOS.- Podrán solicitar las ayudas las personas físicas y jurídicas, públicas o privadas sin fines de lucro, radicadas dentro del ámbito territorial de la Comunidad Autónoma Andaluza, Institutos, Departamentos u otras unidades de Investigación, integrados en una Universidad Andaluza, que acrediten unos conocimientos específicos sobre la materia a subvencionar.

SOLICITUDES Y DOCUMENTACION.- Los solicitantes, que podrán serlo a título individual o constituídos en grupos de trabajo, deberán dirigir las instancias al Ilmo. Sr. Director General de Trabajo y Seguridad Social, acompañadas de las siguientes documentación.

a) Documentación acreditativo de la personalidad del peticionario o peticionarios. En caso de tratarse de Entidades sin fines de lucro, título de constitución o Estatuto de la entidad peticionaria, con indicación expresa del Director o Responsable del grupo. Igualmente cuando se trate de más de un peticionario deberá manifestarse el nombre del Responsable del Grupo de Trabajo en cuestión, adjuntándose la correspondiente autorización de los restante miembros del Grupo a efectos administrativos.

b) Curriculum vitae del concursante o concursantes si se constituyen en grupos de trabajo.

Si se trata de personal en fase de formación, deberán aportar, además, informe de la Comisión de Investiagación o en su defecto, del Jefe de la Unidad o Departamento en que el solicitante realice su labor, acreditativo de su capacidad para la ejecución del proyecto.

c) Memoria descriptiva de la investigación o estudio a realizar, con explicitación de: Objetivos, metodología, a actividades, cronograma y otros datos para la mejor comprensión de la propuesta presentada.

d) Soporte instrumental, bibliográfico y documental previsto para la ejecución del trabajo.

e) Cuantía de la ayuda o subvención solicitada.

PLAZO DE PRESENTACION.- El plazo de presentación de solicitudes será a partir del día siguiente a la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía hasta el 15 de Junio de 1991 inclusive.

Dicha documentación será presentada o remitida al Registro General de la Consejería de Trabajo, Avda. de República Argentina, 43 accesorio, 1ra. planta. 41071 Sevilla, sin perjuicio de la utilización de cualquiera de los medios previstos en el artículo 66 de la Ley de Procedimiento Administrativo, y en el art. 51 de la Ley 6/1983 de 21 de Julio, Ley del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma Andaluza.

CONCECION Y RESOLUCION.- El concurso será fallado mediante Resolución del Director General de Trabajo y Seguridad Social, quien determinará la cuantía y número de becas a conceder, previa propuesta de la Comisión de Selección presidida por él mismo e integrada por los siguientes vocales:

El Jefe del Servicio de Condiciones de Trabajo de la Dirección General de Trabajo y Seguridad Social.

Los cuatro miembros de la Comisión de Seguridad e Higiene del Consejo Andaluz de Relaciones Laborales, representantes de los Agentes Sociales.

El Director de uno de los Centros de Seguridad e Higiene en el Trabajo de Andalucía.

El Jefe de la Sección de Seguridad e Higiene del Servicio de Condiciones de Trabajo de la Dirección General de Trabajo y Seguridad Social, que actuará como Secretario.

La Comisión de Selección, a la vista de los proyectos y documentación presentada y de acuerdo con lo establecido por la Ley de Procedimiento Administrativo, podrá proponer que se declare desierta, total o parcialmente, la adjudicación de las becas, o incrementar la cuantía de algunas de éstas, siempre dentro de los límites fijados en el artículo

2º de esta Orden.

El fallo del concurso se hará público mediante su inserción en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, notificándose, asímismo, a los adjudicatarios.

PLAZO DE EJECUCION.- Los proyectos seleccionados deberán realizarse por los beneficiarios de la beca en plazo no superior a un año, contado a partir de la fecha de la notificación a los mismo del fallo del concurso.

FORMA DE PAGO.- El abono del importe de las ayudas sera hecho efectivo a los seleccionados del siguiente modo:

- El 25% dentro de los 2 meses siguientes a hacerse público el fallo.

- El 75% restante a la entrega de los trabajos previa certificación de conformidad expedida por el Servicio de Condiciones de Trabajo sobre la idoneidad de los mismos.

PRESENTACION DE TRABAJOS.- Los adjudicatarios debrán entregar original y copia del trabajo realizado en formato DIN A-4, mecanografiado por una sola cara y debidamente encuadernado.

Los documentos serán entregados en el Servicvio de Condiciones de Trabajo de la Consejería de Trabajo, Avda. República Argentina, 43 accesorio, 1ra. planta, 41071 Sevilla.

La Consejería de Trabajo se reserva los derechos de publicación, edición y difusión de los trabajos subvencionados.

Sevilla, 11 de abril de 1991

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