Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
El Decreto de la Consejería de Gobernación 117/89, de 31 de mayo, regula el procedimiento de concesión de subvenciones a Corporaciones Locales y a Entidades sin ánimo de lucro, que realicen actividades relacionadas directamente con las competencias que tiene asignadas esta Consejería. La Orden de 2 de junio de 1989 delega en los Delegados de la Consejería la competencia de otorgar dichas subvenciones hasta una cuantía de
1.000.000 de pesetas.
En uso de las atribuciones conferidas y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 19.4 de la Ley 6/1990, de 29 de diciembre, de Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 1991
DISPONGO:
Primero: Se hace pública la relación de subvenciones concedidas al amparo del Decreto 117/89, de 31 de mayo, que figura en el Anexo a la presente Resolución.
Segundo: Las Corporaciones y Entidades beneficiarias quedan obligadas al cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 2º del citado Decreto.
Granada, 11 de abril de 1991.- El Delegado, Juan Santaella López.
ANEXO
ENTIDADES SIN ANIMO DE LUCRO
Entidad beneficiaria: Asociación Juvenil Villanueva Subvención concedida: Quinientas mil pesetas (500.000 ptas.) Destino de la subvención: Realización Cursos Escuela-Taller.
Descargar PDF