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En el expediente instruido al efecto por dicho Ayuntamiento se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 79.1 y 80 del Real Decreto Legislativo 781
86, de 18 de abril, artículos 109.1, 112.2, 113, 114, 118 y 119 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, de 13 de junio de
1986, Ley 7/1985 de 2 de abril, Ley 6/1983 de 21 de julio, Circular de 14 de septiembre de 1951, y demás preceptos de general aplicación. El artículo 13.3 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, aprobado por Ley Orgánica 6/1981 de 30 de diciembre, confiere a esta Consejería competencias en materia de disposición de bienes de propios de las Corporaciones Locales.
En su virtud, al amparo de la legislación invocada, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44.4 de la Ley 6/1983, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma, he tenido a bien disponer lo siguiente:
Prestar conformidad a la permuta de una parcela de terreno de los bienes de propios del Iltmo. Ayuntamiento de Casarabonela (Málaga), por otra propiedad de Don Diego Doblas Gómez y Doña María Gómez Escudero, a fin de dar cumplimiento al acuerdo adoptado por el Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 5 de octubre de 1990, y cuyas descripciones son las siguientes:
PROPIEDAD MUNICIPAL
Terreno situado junto al serenador del Depósito de Aguas, con una superficie de 460 m2 situada a tres metros del eje de la cañada, cuyos linderos son:
Norte: Don Diego Gómez Doblas
Sur: con finca matriz de la que se segrega Este: con D. Diego Gómez Doblas
Oeste: con Camino del Depósito de Agua a un metro del serenador de aguas de dicho Depósito y en la zona de muro la linde pasa por los troncos de tres árboles que se encuentran junto al muro La valoración es de 46.000 ptas.
PROPIEDAD PARTICULAR
Parcela de terreno propiedad de Don Diego Dobles Gómez y Doña María Gómez Escudero, situada al Norte del Depósito de Aguas con una superficie de 430 m2, cuyos linderos son: Norte y Sur: con finca matriz de la que se segrega Este: con D. Pedro Gómez Escudero
Oeste: con terrenos propiedad municipal
La valoración es de 43.000 ptas.
Sevilla, 16 de mayo de 1991
ANGEL MARTIN-LAGOS CONTRERAS
Consejero de Gobernación
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