Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 42 de 31/5/1991

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía y Hacienda

ORDEN de 24 de mayo de 1991, por la que se dictan normas para la concesión de los Premios Galeón 1991, que distinguirán determinadas actividades por su incidencia en la mejora de la comercialización de Productos Andaluces.

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El creciente papel de la actividad comercial dentro del sector productivo de nuestra Comunidad Autónoma, como factor que favorece la competitividad de nuestras empresas, ha llevado a la Consejería de Economía y Hacienda a la convocatoria de la VII Edición de los Premios Galeón.

Estos premios responden a una tradición consolidada mediante la que se desea incentivar a aquellas entidades empresariales andaluzas que han destacado en el año 1990 por la realización de actuaciones con una incidencia notable en la potenciación y desarrollo comerical de sus productos.

En virtud, esta Consejería ha tenido a bien,

DISPONER

Primero.- Con la finalidad de premiar las actvidades que en esta Orden se especifican, se concederán los siguientes "Premios Galeón 1991":

1º.- Galeón a la iniciativa comercial.

2º.- Galeón a la promoción comercial.

3º.- Galeón a una nueva marca comercial.

4º.- Galeón a la exportación.

Las actividades habrán tenido que desarrollarse, necesariamente, durante el año 1990.

Segundo.- A eecto orientativo, los criterios a seguir para la concesión de los Premios Galeón 1991 serán los siguientes:

1º.- Galeón a la iniciativa comercial: Su objeto es resaltar la más brillante idea empresarial en el campo del comercio, destacando el trabajo de aquella entidad que haya sabido poner en marcha una iniciativa comercial que en su conjunto haya logrado aglutinar factores diversos como rentabilidad, competitividad y creación de empleo.

2º.- Galeón a la promoción comercial: Se premiará a la entidad que haya realizado durante 1990 un apoyo a su entrategia de expansión mediante campañas promocionales y de publicidad en el ámbito de la Comunidad o fuera de ella.

3º.- Galeón a una nueva marca: Se significará con ello al mejor trabajo comercial entre aquellas nuevas marcas aparecidas durante el año 1990.

4º.- Galeón a la exportación: Se premiará a la entidad que haya sabido crear canales de comercialización de productos andaluces en el extranjero, o incrementar sensiblemente su presencia en los mercados exteriores.

Tercero.- Las propuestas para la concesión de los premios deberán presentarse en las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Economía y Hacienda correspondientes, siendo el último día de plazo de presentación el 4 de septiembre de 1991.

Podrán ser proponentes los Delegados Provinciales de la Consejería de Economía y Hacienda , las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Navegación, las Asociaciones de Empresarios, Asociaciones de Cooperativas y cualquier otro Organismo legalmente constituido, que tenga relación con el sector.

Las propuestas acompañarán una memoria detallada, motivando la petición.

Cuarto.- Se constituirá en cada provincia un Comite que estará compuesto por el Delegado Provincial de la Consejería de Economía y Hacienda como Presidente, y 4 vocales, que serán, el Jefe del Servicio de Comercio de la Delegación Provincial, el Gerente Provincial del Instituto de Fomento de Andalucía, un representante de la Cámara de Comercio, Industria y Navegación de la provincia que, en el caso de existir más de una, será designado por acuerdo entre ellas y un último en representación de la provincia.

Examinadas las peticiones, el Comité elevará propuesta razonada al Jurado, en la que se contemplará una única nominación por premio.

Quinto.- La concesión de los premios los otorgará un Jurado, cuya decisión ser'a inapelable, que estará compuesto por:

Presidente.- Directora Gral. de Cooperación Económica y Comercio.

4 Vocales: - Director Territorial de Economía y Comerico.

- Un representante del Instituto de Fomento de Andalucía.

- Un representante de la Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Navegación, designado por la Dirección General de Cooperación Económica y Comercio entre los integrantes de los Comités Provinciales.

- Un representante de la Confederación de Empresarios de Andalucía.

Secretario: Jefe de Servicios de la Dirección General de Cooperación Económica y Comercio.

Sexto.- El Jurado se reunirá, previa citación dirigida a cada uno de los componentes, a propuesta de la Directora General de Cooperación Económica y Comercio.

En base a las propuestas elevadas por los Comités Provinciales, el Jurado, por acuerdo de la mayoría de los asistentes, concederá los Premios "Galeón 1991". En caso de empate el Presidente tendrá voto de calidad.

Los premios no podrán otorgarse de forma compartida.

Septimo.- Los premios consistirán en una réplica de una antiguo Galeón Español, realizado por un reputado orfebre o artesano andaluz y un millón de pesetas (1.000.000 pts.).

Octavo.- La entrega y publicidad de los premios se llevará a cabo en acto solemne, cuya fecha de celebración y lugar se determinarán en su momento por la Dirección General de Cooperación Económica y Comercio.

DISPOSICONES FINALES

Primera.- Se faculta a la Dirección General de Cooperación Económica y Comercio para cuantas actuaciones sean necesarias en desarrollo y aplicación de la presente Orden.

Segunda.- La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 24 de mayo de 1991

JAIME MONTANER ROSELLO

Consejero de Economía y Hacienda

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