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Ilmos Sres.:
Habiédose dictado por la Sala de lo Contencioso-Administrativo en Sevill del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Sentencia en el recurso Núm. 224/88, interpuesto por Don José Luis Zambrano Escribano contra resolución de esta Consejería de Agricultura y Pesca en la que se fijaba una sanción de cuatrocientas una mil doscientas cincuenta pesetas (201.250 ptas.); Sentencia cuya parte dispositiva dice así:
Fallo: Debemos de estimar y estimamos el recurso interpuesto por el Procurador Sr. Paneque Guerrero, en nombre y representación de Don José Luis Zambrano Escribano, contra Resolución de 17 de noviembre de 1987 del Consejero de Agricultura y Pesca de la Junta de Andalucía, desestimatoria del recurso de reposición interpuesto contra otra de 12 de mayo de 1987, por la que se acordaba imponer al lexpedientado,la sanción de 401.250 pesetas; que anulamos por ser contrario a Derecho, dejando sin efecto la sanción impuesta. Sin costas. Y a su tiempo con certificación de esta sentencia para sumplimiento, devuélvase el expediente administrativo al lugar de procedencia.
Lo que comunico a VV.II.
Sevilla, 24 de mayo de 1991
LEOCADIO MARIN RODRIGUEZ
Consejero de Agricultura y Pesca
Ilmos. Sres. Viceconsejero y Director General de Agricultura, Ganadería y Montes
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