Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
Recibidas solicitudes de varios Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, proponiendo el cambio de Fiestas Locales fijadas en las Ordenes de esta Consejería de 21 de diciembre de 1990 (BOJA 107, de 31 de diciembre) y de 20 de abril de 1991 (BOJA 32, de 3 de mayo), estimándose conveniente autorizar los cambios solicitados en virtud de lo establecido en el artículo 46 del R. Decreto 2001/1983, de 28 de julio.
DISPONGO:
Artículo 1º. Autorizar el cambio de Fiestas Locales para el presente año fijadas por Ordenes de 21 de diciembre de 1990 (BOJA núm. 107 de 31 de diciembre) y de 20 de abril de 1991 (BOJA núm. 32 de 3 de mayo) en los Municipios y por los días que se detallan en el Anexo de esta Orden.
Artículo 2º. La presente Orden entraráen vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 27 de junio de 1991
FRANCISCO OLIVA GARCIA
Consejero de Trabajo
ANEXO
GRANADA
Torre Cardela se sustituye el 12 de agosto por el 30 de mayo.
Huelva
Almonte se sustituye el 3 de julio por el 20 de agosto.
Descargar PDF