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De orden delegada por el Excmo. Sr. Consejero de Trabajo de la Junta de Andalucía, se publica para general conocimiento en sus propios términos el Fallo de la Sentencia dictada con fecha 1 de abril de 1991, por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Sevilla, en el Recurso Contencioso-Administrativo, núm. 3417/89 promovido por Futjitsu España, SA. sobre sanción cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
FALLO:
Que debemos estimar y estimamos el recurso presentado por el Procurador D. Antonio Candil del Olmo en nombre y representación de Fujitsu España, S.A., contra la Resolución de la Consejería de Fomento y Trabajo de 23 de mayo de 1989, y la de la Dirección General de 21 de octubre de 1988, las que anulamos por ser contrarias al ordenamientoo jurídico, con devolución en su caso de las sumas satisfechas por el importe de la multa. Sin costas.
Sevilla, 26 de junio de 1991.- El Secretario General Técnico, Venancio Gutiérrez Colomina.
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