Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 59 de 13/7/1991

3. Otras disposiciones

Consejería de Salud

RESOLUCION de 8 de julio de 1991, del Servicio Andaluz de Salud, por la que se delegan competencias en materia de resolución de recursos.

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La Base 10 de la Resolución de 27 de marzo de 1991, del SAS, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso en el Grupo de personal Subalterno, y de las Resoluciones de 24 de mayo de 1991, que convocan pruebas selectivas para ingreso en los Grupos de Auxiliar Administrativo de Función Administrativa, Personal de Oficios y de Servicios Especiales del Estatuto de Personal No Sanitorio dependientes del Servicio Andaluz de Salud, determinan que las actuaciones de los Tribunales podrán ser impugnadas por los interesados en los casos y en las formas establecidas por la Ley de Procedimiento Administrativo. El artículo 122 de la Ley de Procedimiento Administrativo atribuye a la Autoridad que haya nombrado a los Presidentes de los Tribunales y Jurados de oposiciones, la facultad de resolver los recursos interpuestos contra las resoluciones de los mismos.

Al objeto de alcanzar un óptimo nivel de celeridad y eficacia en la resolución de los recursos interpuestos contra las actuaciones de los Tribunales Calificadores de las mencionadas pruebas selectivas, aconseja que las resoluciones de los mismos puedan ser adoptados en ámbitos inferiores a esta Dirección Gerencia.

Por ello, teniendo en cuenta lo previsto en el artículo 47.1 de la Ley

6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía, esta Dirección Gerencia

RESUELVE

Primero: Se delegan en los Gerentes Provinciales del Servicio Andaluz de Salud las facultades de resolver los recursos de alzada interpuestos por los interesados contra resoluciones de los Tribunales Calificadores previstos en las respectivas convocatorias de pruebas selectivas de los Grupos de Auxiliar Administrativo de Función Administrativa, Personal de Oficio y de Servicios Especiales y Personal Subalterno del Estatuto de Personal No Sanitario dependientes del Servicio Andaluz de Salud, convocadas por Resoluciones de 27 de marzo y 24 de mayo de 1991.

Segundo: Las facultades delegadas por la presente Resolución, serán ejercitadas de acuerdo con las normas de general aplicación y las instrucciones generales de servicio dictadas por esta Dirección Gerencia.

Tercera: El Director Gerente del SAS podrá recabar en cualquier momento la resolución de los recursos de alzada objeto de la presente delegación que subsistirá, no obstante, en sus propios términos en tanto no sea revocada o modificada por resolución expresa.

Cuarto: en las resoluciones que se adopten en virtud de esta delegación, se hará constar expresamente tal circunstancia.

Sevilla, 8 de julio de 1991.- El Director Gerente, José Luis García de Arboleya Tornero.

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