Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 59 de 13/7/1991

3. Otras disposiciones

Consejería de Salud

ORDEN de 3 de julio de 1991, por la que se concede una subvención específica por razón del objeto a la Organización Manos Unidas -Campaña contra el Hambre-Campaña XXXII, con motivo del desarrollo de un Programa de Medicina Preventiva a favor del municipio de Tecpán (Guatemala).

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La Constitución, de 22 de julio de 1946, de la Organización Mundial de la Salud, entre sus principios destaca que la salud de todos los pueblos, como condición fundamental para el logro de la paz y de la seguridad depende de la más amplia cooperación de las personas y de los Estados. La desigualdad de los diversos países en lo relativo al fomento de la salud y el control de las enfermedades constituye un peligro común. Consecuentemente con las directrices marcadas por dicha Organización, y teniendo en cuenta la situación de carencia en la que se encuentra el municipio rubricado en orden a sus recursos económicos, dado su alto índice demográfico y su alta dispersión geográfica, la Organización Manos Unidas -Campaña contra el hombre- viene desarrollando un programa de medicina preventiva, con la apoyatura de especialistas en medicina, de asistencia a enfermos a través de jornadas curativas y elaboración de un diagnóstico de salud regional, que conllevan la necesidad de adquisición de material médico-quirúrgico, y de desplazamiento de los facultativos que dirigen el programa.

Habida cuenta de cuanto se expone, ante la solicitud de subvención presentada en esta Consejería por la Organización referenciada, y existiendo crédito presupuestario para otorgar la mencionada subvención, sin que sea posible promover concurso público por la naturaleza específica del Programa que se desarrolla y las especiales características de la Entidad solicitante, conforme previene el artículo decimonoveno de la Ley 6/1990, de 29 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 1991. En su virtud, en uso de las atribuciones que me están conferidas por los artículos 39.6 de la Ley 6/1983, de 21 dde julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma y 10.b) de la Ley General 5/1983, de 18 de julio, de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

DISPONGO

Artículo 1: Conceder a la Organización "Manos Unidas-Campaña contra el Hambre-Campaña XXXII" una subvención específica por razón del objeto por un importe de un millón trescientas sesenta y nueve mil seiscientas diez pesetas (1.369.610 ptas.), con cargo a la aplicación

1.17.01.481.00.121.7 del Presupuesto de esta Consejería para 1991, con motivo del desarrollo de un Programa de medicina preventiva en el Municipio de Tecpan (Guatemala).

Artículo 2: El uso de la subvención otorgada deberá ser justificado por la Organización beneficiaria, mediante la presentación, ante esta Consejería, de los documentos de pago que acrediten la aplicación real de la subvención concedida, conforme previene el artículo decimonoveno

-ocho- de la Ley 6/1990, de 29 diciembre, de Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 1991.

Artículo 3: La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 3 de julio de 1991

JOSE ANTONIO GRI

AN MARTINEZ

Consejero de Salud

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