Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 60 de 16/7/1991

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Ciencia

ORDEN de 18 de junio de 1991, por la que se convocan, dentro del Plan Andaluz de Investigación, becas de formación de personal investigador en colaboración con la Empresa ACD, Sistemas de Control de Energía, SA.

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La Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de Andalucía, y la Empresa ACD, Sistema de Control de Energía, SA han suscrito un acuerdo con el objeto de fomentar e impulsar la Investigación y Desarrollo Tecnológico de la Comunidad Autónoma de Andalucía a fin de disponer de los recursos humanos necesarios para la creación y consolidación de equipos de Investigación en tecnologías de vanguardia. En consecuencia, esta Consejería ha dispuesto:

Primero: Convocar en colaboración con la Empresa ACD, Sistemas de Control de Energía, SA, dentro del Plan Andaluz de Investigación, becas para la Formación de Personal Investigador, con arreglo a las normas que se contienen en los anexos a esta Orden.

Segundo: Quedan autorizadas la Dirección General de Universidades e Investigación y la Dirección del Plan Andaluz de Investigación, para adoptar las medidas precisas para el cumplimiento de la presente Orden que entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 18 de junio de 1991.

ANTONIO PASCUAL ACOSTA

Consejero de Educación y Ciencia

ANEXO I

Normas de la Convocatoria de Becas de Formación de Personal Investigador en colaboración con la Empresa ACD, Sistemas de Control de Energía, SA.

1. Objetivos.

Las becas van destinadas a Ingenieros Superiores, Especialidad Eléctrica que deseen realizar un trabajo de Investigación en la Empresa ACD, Sistemas de Control de Energía, SA de acuerdo con el programa que figura en el Anexo II.

2. Dotación de las Becas:

La beca comprende:

a) Una asignación mensual de 90.000 pesetas mensuales.

b) Seguro combinado de accidentes individuales, intervención quirúrgica, hospitalización y asistencia médica.

Estas becas serán incompatibles con la percepción de cualquier otra retribución, beca o ayuda no autorizadas expresamente por la Dirección General de Universidades e Investigación.

3. Duración de las Becas.

a) La duración de las becas será de un año, con posibilidad de prórroga.

4. Carácter de las Becas.

4.1. El Director del Trabajo de Investigación del becario deberá estar en posesión del título de Licenciado, Ingeniero o Arquitecto y tener el Grado de Doctor, y deberá pertenecer a la Empresa ACD, Sistemas de Control de Energía, SA.

4.2. El becario no tendrá en ningún caso vinculación o relación laboral con la empresa ACD, Sistemas de Control de Energía, SA, ni con la Junta de Andalucía.

4.3. Al objeto de facilitar a la inspección de trabajo el conocimiento de estas actuaciones, deberá comunicarse con la suficiente antelación por la Dirección General de Universidades e Investigación a las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Trabajo de la Junta de Andalucía, el inicio y duración de la beca, así como los datos personales del becario y los de la entidad donde éste vaya a realizar sus actividades.

4.4. La entidad comunicará puntualmente las incidencias que considere de interés a la Dirección General de Universidades e Investigación de la Consejería de Educación y Ciencia.

4.5. Si como consecuencia del trabajo de Investigación del becario se produjese algún resultado que pudiese ser objeto de registro como Propiedad Industrial o Intelectual, dicho resultado se registrará a nombre exclusivamente de ACD, Sistemas de Control de Energía, SA, sin derecho de la Consejería de Educación y Ciencia o de los becarios o tutores a remuneración, compensación o indemnización alguna, sin perjuicio del reconocimiento de la autoría y de los derechos morales que correspondan al inventor o autor.

4.6. La empresa observará las normas de seguridad e higiene correspondientes durante la realización del trabajo de investigación del becario.

4.7. Las renuncias a las becas deberán presentarse ante la Dirección General de Universidades e Investigación. Salvo casos excepcionales no se admitirán interrupciones temporales del disfrute de las becas.

5. Condiciones del disfrute.

5.1. El disfrute comenzará con la integración del becario en la Empresa ACD, Sistemas de Control de Energía, SA dentro del plazo que se señale en la Resolución de adjudicación.

5.2. Los becarios están obligados a desarrollar eficazmente el plan de trabajo, de conformidad con las indicaciones del Director del Proyecto.

6. Solicitudes y Documentación.

6.1. Las solicitudes se formalizarán en el impreso normalizado cuyo modelo se encuentra a disposición de los interesados en los Rectorados de las Universidades de Andalucía, Delegaciones Provinciales de la Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de Andalucía y en la Empresa ACD, Sistemas de Control de Energía, SA.

Las solicitudes, dirigidas al Director General de Universidades e Investigación de la Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de Andalucía, podrán presentarse en el Registro General de la Consejería de Educación y Ciencia en la Avenida República Argentina, nº 21, B,

41011 Sevilla, en la Consejería de Presidencia o Ayuntamientos, a tenor de lo previsto en el artículo 51 de la Ley de Gobierno y Administración de la Comunidad Autónoma (Ley 6/1983, de 21 de julio BOJA 60 de 29 de julio de 1983), o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 66 de la vigente Ley de Procedimiento Administrativo.

6.2. Las solicitudes deberán ir acompañadas de la siguiente documentación:

a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad.

b) Certificación académica personal completa y acreditativa del grado de titulación exigido, en original o fotocopia debidamente compulsada.

7. Selección y valoración de las solicitudes.

Los becarios serán seleccionados por una Comisión constituida por dos representantes de la Consejería de Educación y Ciencia y dos representantes de la Empresa que tendrá en cuenta el expediente académico, los méritos científicos y/o técnicos del candidato, la adecuación del proyecto a las líneas prioritarias del Plan Andaluz de Investigación.

La Comisión podrá recabar los informes que considere necesarios para la resolución de la convocatoria.

8. El plazo de presentación de solicitudes finalizará a los 15 días desde el siguiente al de su publicación en el BOJA.

ANEXO III

1. Número de becas: Dos

2. Duración: Un año.

3. Requisitos: Ingenieros Superiores, Especialidad Eléctrica.

4. Líneas de Investigación:

Aplicación de funciones de análisis de seguridad en sistemas informáticos de control para redes eléctricas de media tensión. Simulador de redes eléctricas mediante software en tiempo real para desarrollo de plataforma de pruebas de las aplicaciones de análisis de seguridad en sistemas informáticos de control para redes eléctricas de media tensión.

5. Estos trabajos de Investigación se realizarán con la colaboración del Departamento de Ingeniería Eléctrica de la Universidad de Sevilla.

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