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Tramitado por esta Consejería de Gobernación el oportuno Expediente para subvencionar a la Federación Andaluza de Municipios y Provincias. Teniendo en cuenta las facultades que legalmente me están conferidas por la Ley 5/1983, General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma, modificada por la Ley 9/1987, de 9 de diciembre y Ley 6/1990 de 29 de esta Comunidad para el presente ejercicio de 1991 y Decreto 117/1989, de 31 de mayo.
DISPONGO:
1º. Conceder una subvención de 10.000.000 de pesetas a la Federación Andaluza de Municipios y Provincias para el cumplimiento de sus fines estatutarios, de defensa, colaboración y promoción de la autonomía local y otros con cargo a la aplicación presupuestaria
12.01.462.00.000.2.14A.0.
2º. Dicha subvención se justificará a posterior y, en la forma prevista en el apartado 8 del artículo 19, de la Ley 6/1990, de 29 de diciembre de Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el presente ejercicio.
3º. La presente Orden será notificada a la Federación Andaluza de Municipios y Provincias y publicada en el BOJA.
Sevilla, 16 de julio de 1991
ANGEL MARTIN-LAGOS CONTRERAS
Consejero de Gobernación.
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