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En el recurso núm. 725/1989 interpuesto por don José María Guerrero Vacas, se ha dictado sentencia con fecha 4.2.91, cuya parte dispositiva literalmente dice:
"Fallo: Desestimamos el recurso interpuesto por don José Manuel Guerrero Vacas contra la desestimación presunta de su petición de anulación de las pruebas selectivas celebradas en cumplimiento de la Orden de 25 de marzo de 1988 de la Consejería de Educación y Ciencia".
Esta Consejería, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 103 y siguientes de la Ley de Jurisdicción Contencioso-Administrativa de
27 de diciembre de 1956, ha dispuesto que se cumpla en sus propios términos la referida Sentencia en lo que a esta Consejería respecta.
Sevilla, 31 de julio de 1991
ANTONIO PASCUAL ACOSTA
Consejero de Educación y Ciencia
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