Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 78 de 30/8/1991

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones y concursos

Consejería de Educación y Ciencia

RESOLUCION de 24 de agosto de 1991, de la Dirección General de Personal, por la que se anuncia convocatoria pública para la prestación de solicitudes para cubrir posibles vacantes o sustituciones en Educación de Adultos en Andalucía, mediante el correspondiente nombramiento de interinos.

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Ley 3/90 para la Educación de Adultos establece las características de esta modalidad educativa. Para que los centros de Adultos puedan estar atendidos en todo momento con un personal específico, la Consejería de Educación y Ciencia, en el ejercicio de sus funciones en materia de personal, pretende que los nombramientos del personal docente interino o sustituto en la modalidad de Educación de Adultos se realice con la mayor adecuación al puesto, sin que ello vaya en detrimento de la rapidez precisa para garantizar la calidad del sistema.

Por ello, ante la eventualidad que queden puestos de trabajo vacantes o sustituciones que puedan originarse a lo largo del curso escolar, es preciso arbitrar un procedimiento que, atendiendo los criterios de publicidad, mérito y capacidad, permita garantizar la mejor cobertura de las necesidades de personal docente para la Educación de Adultos en Andalucía, para el curso 1991/1992.

En consecuencia, esta Dirección General de Personal ha resuelto lo siguiente:

1º.- Por la presente se anuncia convocatoria pública para la presentación de solicitudes para cubrir, durante el curso 1991/1992, posibles vacantes o sustituciones en la modalidad de Educación de Adultos en la Comunidad Autónoma de Andalucía, mediante el correspondiente nombramiento como personal funcionario interino.

2º.- Deberán participar obligatoriamente por este punto de la convocatoria, los maestros interinos que hayan prestados servicios con la Consejería de Educación y Ciencia en el programa de Educación de Adultos en el curso 1990/1991 y no estén acogidos al Acuerdo de 16 de Enero de 1990 ni a los beneficios de estabilidad de la Ley 3/90 y deseen continuar en Educación de Adultos.

En cualquier caso, siempre que se cumplan las condiciones de esta convocatoria, todos los solicitantes a los que hace referencia el párrafo anterior, tendrán derechos preferente de colocación, dentro de las correspondientes listas provinciales, en las vacantes o sustituciones que puedan producirse en el período de vigencia de esta convocatoria. Los participantes por este punto 2º. no tendrán que ser nuevamente Educación de Adultos en Centros Públicos dependientes de esta Consejería. Los participantes por este punto 2º. deberán cumplir los requisitos exigidos en el punto 4º de esta convocatoria.

3º.- Con independencia de los maestros comprendidos en el punto anterior, podrán participar en esta convocatoria todos los solicitantes, que no habiendo prestado servicios en Centros de Educación de Adultos dependientes de la Consejería de Educación y Ciencia, desean optar a una plaza en estos Centros. Estos maestros que se colocarán a nivel provincial, lo harán una vez agotado el colectivo del punto anterior.

A estos efectos cada una de las Delegaciones Provinciales elaborará su propio listado, conforme al baremo que se incluye como Anexo III de esta Resolución.

La Administración Educativa, en lo referente al orden de selección , adoptará las medidas que faciliten el cumplimiento de lo establecido en la Disposición Adicional Decimonovena de la Ley 23/1988, de 26 de Julio.

Los participantes por este apartado deberán reunir los requisitos del punto siguiente.

4º.- Los requisitos para participar en esta convocatoria serán los siguientes:

a) Ser español.

b) Estar en posesión del Título de Diplomado de Escuela Universitaria del Profesorado de Educación General Básica.

c) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el ejercicio de la docencia.

d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las desempeño de funciones públicas.

e) Haber cursado al menos 300 horas de especialización en Educación de Adultos en cursos organizados por la Universidad o tener experiencia acreditada en docencia en Educación de Adultos, de al menos 6 meses.

5º.- Los que participen como comprendidos en el punto 2º. de esta convocatoria deberán presentar instancia según el modelo que figura el el Anexo I. Dichos participantes no podrán concurrir por el sistema recogido en el punto 3º, previsto en la presente convocatoria. La doble concurrencia será motivo de exclusión de la solicitud efectuada según el citado punto 2º.

6º.- Los interesados en participar por el punto 3º de esta Resolución, deberán solicitarlo mediante instancia, ajustada al modelo que se incluye como Anexo II dirigida al Delegado Provincial de la Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de Andalucía, de la provincia por la que desea participar.

7º.- Las solicitudes habrán de presentarse en la provincia por donde se desea participar, o en los lugares y forma que determinan el art. 66 de la Ley de procedimiento Administrativo y el art. 51 de la Ley del Gobierno y Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Sólo se podrá participar por una provincia, la presentación de solicitudes en más de una provincia supondrá la anulación de su participación en esta convocatoria.

8º.- El plazo de presentación de instancias será de quince días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

9º.- Las instancias deberán ir acompañadas de los siguientes documentos:

a) Fotocopia del DNI.

b) Fotocopia compulsada del Título alegado para participar o resguardo del mismo.

c) Documentación indicada en el baremo (Anexo III), acreditativa de los méritos alegados por el participante.

d) Documentación acreditativa de alguno de los requisitos del apartado e) del punto 4º. La experiencia se acreditará mediante certificación ajustada a algunos de los modelos disponibles en las Delegaciones Provinciales a los efectos de esta convocatoria.

Los participantes acogidos al punto 2º., al considerárseles como único mérito el tiempo de servicios prestado no presentarán documentación alguna, excepto la hoja de servicio, que será actualizada y cerrada por la Delegación Provincial a fecha de 30 de Junio de 1991, y los mencionados en los apartados a) b) y c) si cambian de provincia. Las Delegaciones Provinciales comprobarán que los participantes por su provincia, que han prestado servicios en el curso 1990/1991, cumplen los requisitos del punto 4º de esta convocatoria.

10º.- La valoración de los méritos y condiciones de los aspirantes se efectuará, atendiendo al baremo especificado en el Anexo III de esta Resolución, por una Comisión Provincial compuesta por los siguientes miembros:

Presidente: Ilmo. Sr. Delegado Provincial de Educación y Ciencia, o persona en quien delegue.

Vocales:

Tres representantes de la Administración Educativa.

Un funcionario del Servicio de Ordenación Educativa.

Un funcionario del Servicio de Personal, que actuará como Secretario, con voz y sin voto.

Un representante por cada Sindicato componente de la Junta de Personal Docente de la provincia correspondiente.

La Comisión podrá delegar la evaluación de determinados méritos en subcomisiones de especialistas por materia, bajo la supervisión de miembros de la misma.

11º.- En cada Delegación Provincial se publicará la lista provisional de participantes admitidos, ordenada por puntuación, y de los no admitidos, especificando los motivos de exclusión. En caso de empate, entre los participantes del punto 3º, decidirá la mayor puntuación del punto primero del baremo, después la del segundo y así, sucesivamente. De persistir el empate se atenderá a la antigüedad de la titulación alegada.

En el caso de empate entre participantes del punto 2º., se atenderá a la mayor antigüedad en la titulación alegada y, de persistir, en la mayor edad.

A partir de la fecha de publicación provisional, se abrirá un plazo de reclamaciones de cinco días naturales.

Resueltas las reclamaciones se publicará la lista definitiva.

12º.- Todos los solicitantes están obligados a aceptar forzosamente cualquier vacante o sustitución en la provincia por la que han solicitado plaza. En caso contrario perderán todos sus derechos, quedando anulada su solicitud.

Por necesidades de efectivos, las Delegaciones Provinciales podrán ofertar plazas en otras provincias distintas a la solicitada, para ello se adoptarán criterios de aproximidad. En estos casos, la aceptación de la plaza será voluntaria.

13º.- Las plazas, vacantes o sustituciones, que han de ser cubiertas por los participantes en esta convocatoria se adjudicarán siguiendo el orden de colocación de las listas definitivas de seleccionados, respetando el derecho preferente de los comprendidos en el punto 2º. de esta Resolución dentro de cada provincia.

Cada Delegación Provincial citará al profesorado necesario para atender las vacantes o sustituciones que se produzcan. La toma de posesión en la Delegación provincial habrá de producirse en el plazo de 48 horas a partir de la notificación correspondiente, salvo que concurran circunstancias excepcionales que serán estimadas por el Ilmo. Sr. Delegado Provincial.

14º.- Los profesores designados deberán presentar la documentación que les sea indicada en la correspondiente Delegación Provincial.

15º.- En caso que una Delegación Provincial agote la lista de participación por esta convocatoria y después de proceder como se establece en el párrafo 2º. del punto 12º de esta Resolución, se ofertarán las posibles vacantes o sustituciones a los integrantes de las correspondientes listas de colocación de EGB, siguiendo el orden de ellas establecido,sin que ello genere derechos de permanencia para cursos futuros en Educación de Adultos.

16º.- Los nombramientos de interinos que se produzcan como consecuencia de la presente convocatoria, por el tiempo que proceda, serán exclusivamente para el curso 1991/1992, terminando su vigencia, por consiguiente, al finalizar el curso o antes, según los casos. Para cada curso académico se hará la convocatoria que proceda, no adquiriendo derecho de prórroga alguno los seleccionados anteriores.

alguno de los seleccionados en convocatorias anteriores.

17º.- Contra el contenido de la presente Resolución podrá interponerse recurso de reposición ante esta Dirección General de Personal, previo al Contencioso-Administrativo, de acuerdo a lo establecido en el artículo

126 de la Ley de Procedimiento Administrativo, dentro del plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 24 de agosto de 1991.- El Director General, Alfonso Vázquez Medel.

ANEXO I

SOLICITUD DE ADMISION PARA CUBRIR VACANTES O SUSTITUCIONES EN EL NIVEL DE ENSEÑANZA PRIMARIA CONFORME AL PUNTO 2º. DE LA CONVOCATORIA CURSO 91/92.

1.- DATOS PERSONALES:

DNI.:.......................Fecha nacimiento.............................. Primer Apellido: ......................................................... Segundo Apellido: ........................................................ Nombre: .................................................................. Domicilio: ............................................................... Localidad: ............................................................... Provincia:..................Teléfono (con prefijo):......................

2.- DATOS ACADEMICO:

Titulación alegada para participar: ..................................... Fecha finalización carrera: AÑO:.............MES:........................ Centro de expedición:....................................................

3.- SERVICIOS PRESTADOS EN EDUCACION DE ADULTOS COMO INTERINO EN CENTROS DEPENDIENTES DE LA CONSEJERIA DE EDUCACION Y CIENCIA (a rellenar por la administración).

AÑOS:..............MESES: ...............DIAS: ........................

4.- Declaro (1)...................................que cumplo los requisitos establecidos en el punto 4º de esta convocatoria y que en su momento fueron presentados en esta misma Delegación Provincial.

El abajo firmante SOLICITA ser admitido a la Convocatoria Pública a la que se refiere la presente instancia y DECLARA que son ciertos todos y uno de los datos consignados en esta solicitud, y que reúna las

En.......................,a........de.............................de 1991

Fdo.:...........................................

(1) Bajo juramento o por mi honor.

ILMO. SR. DELEGADO PROVINCIAL DE LA CONSEJERIA DE EDUCACION Y CIENCIA DE.. .....................................................

ANEXO II

SOLICITUD PARA PARTICIPAR EN LA CONVOCATORIA PUBLICA PARA INTERINOS EN EDUCACION DE ADULTOS POR EL PUNTO 3º DE LA CONVOCATORIA. CURSO 91/92.

1.- DATOS PERSONALES:

DNI.:.......................Fecha nacimiento:............................. Primer Apellido: ......................................................... Segundo Apellido: ........................................................ Nombre: .................................................................. Domicilio:................................................................ Localidad:................................C. Postal: ..................... Provincia: .....................Teléfono (con prefijo): ................. Minusválido (márquese con una cruz si procede):.........................

2.- DATOS ACADEMICOS:

Fecha finalización carrera: AÑO: ...................MES: ................ Centro de expedición: ...................................................

3.- REQUISITO QUE POSEE DEL PUNTO 3º E):

Especialidad de Educación de Adultos:.................................... Experiencia: .............................................................

4.- DOCUMENTACION PRESENTADA CON ESTA SOLICITUD ACREDITATIVA DE LOS MERITOS ALEGADOS Y REQUISITOS EXIGIDOS:

El abajo firmante SOLICITA ser admitido a la convocatoria pública a la que se refiere la presente instancia y DECLARA que son ciertos todos y cada cada uno de los datos consignados en esta solicitud, y que reune las

En ...........................,a .....de...........................de 1991

Fdo.: ................................

Ilmo. SR. DELEGADO PROVINCIAL DE LA CONSEJERIA DE EDUCACION Y CIENCIA DE ...............................

ANEXO III

BAREMO

1.- EXPERIENCIA PROFESIONAL:

Por cada mes de experiencia en educación de Adultos

en Centros Públicos, sobre los establecidos como

requisito en el apartado 4.e)...............................1 punto

Por cada mes de experiencia en Educación de Adultos

en Instituciones Públicas o Privadas bajo el

seguimiento de la Consejería de Educación y

Ciencia, sobre los establecidos como requisitos

en el apartado 4.e)......................................0,65 puntos

(Certificación acreditativa ajustada a algunos de los modelos disponibles en las Delegaciones Provinciales a los efectos de esta convocatoria).

Por cada curso completo de trabajo desempeñado en la

decencia, en Centros Públicos..............................2 puntos.

2.- EXPEDIENTE ACADEMICO, CONOCIMIENTO Y OTRAS TITULACIONES O CERTIFICADOS RELACIONADOS CON LAS FUNCIONES A DESEMPEÑAR:

(Máximo 19 puntos).

2.1.- Expediente académico (Máximo 1,5 puntos).

(Certificación académica de la nota media).

Calificación de sobresaliente en la titulación

alegada como requisito imprescindible..............1 punto.

Calificación de notable en la titulación

alegada como requisito imprescindible..............0,5 puntos.

2.2.- Conocimientos (Máximo 4 puntos).

Por cada publicación de carácter científico, técnico-pedagógico, relacionado con la Educación de Adultos....................máx. 0,5 p. (Los ejemplares correspondientes, originales o copias compulsadas).

Por cada publicación relacionada con la organización

escolar en Educación de Adultos....................Máx. 0,4 p. (Los ejemplares correspondientes, originales o copias compulsadas).

Por la realización de trabajos de investigación aprobados por la Consejería de Educación y ciencia relacionados con la Educación de Adultos..........................................Máx. 0,4 p. (Certificación acreditativa).

2.3.- Otras titulaciones (Máximo 1,5 puntos).

(Certificación académica o fotocopia compulsada del título).

Cada titulación del mismo o superior nivel que la

aportada como requisito indispensable........................1 punto. Por Doctorado ...............................................0,5 puntos.

2.4.- Cursos (Máximo 12 puntos).

(Certificación acreditativa con indicación del número de horas).

Cursos de Especialización de Educación de Adultos aprobadas por la Universidad y convocados por Escuelas Universitarias del Profesorado de EGB.:

. Por cada fracción de 40 horas sobre 300 .........0,7 puntos.

Cursos de perfeccionamiento relacionado con la Educación de Adultos: . Por cada 40 horas: .............................. 0,35 puntos. . Por cada resto de más de 18 horas ...............0,09 puntos.

Cursos sobre organización, relacionados con la Educación de Adultos:

. Por cada 40 horas ....................................0,35 puntos. . Por cada resto de más de 18 horas ...................0,09 puntos.

Otros cursos relacionados con la Educación en general:

. Más de 40 horas......................................0,10 puntos.

Los cursos habrán sido organizados o autorizados por el MEC o por la Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de Andalucía.

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