Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 94 de 25/10/1991

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía y Hacienda

RESOLUCION de 18 de octubre de 1991, de la Viceconsejería, por la que se dispone el cumplimiento de la Sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección primera, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada, con fecha 11 de febrero de 1991.

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En el recurso contencioso-administrativo núm. 2056/1988, seguido a instancia de la entidad COMASA, SL., la Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1ra., del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada, ha dictado Sentencia, que es firme, con fecha 11 de febrero de 1991, cuya parte dispositiva literalmente dice:

"Fallo: Estimando la causa de inadmisibilidad del recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Procurador D. Rafael García Valdecasas y García Valdecasas, en nombre y representación de la entidad "COMASA, SL." contra la resolución de la Consejería de Fomento y Trabajo de 7 de octubre de 1988, por la que se declaraba inadmisible el recurso de reposición interpuesto por la actora contra otra de la Delegación Provincial de la Consejería de Málaga, de 26 de mayo del mismo año, en la que se imponía una sanción de multa en cuantía de 50.000 ptas. por una infracción en materia de Turismo, debemos declarar y declaramos la inadmisibilidad del recurso, sin hacer pronunciamiento sobre costas."

En virtud de la delegación de competencias, por Orden de 9 de enero de

1991, del Excmo. Sr. Consejero de Economía y Hacienda, y de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución, 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y 103 y siguientes de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, he dispuesto el cumplimiento en sus propios términos de la expresada Sentencia, así como su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 18 de octubre de 1991.- El Viceconsejero, José Salgueiro Carmona.

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