Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 113 de 5/11/1992

3. Otras disposiciones

Consejería de Asuntos Sociales

RESOLUCION de 28 de octubre de 1992, de la Secretaría General Técnica, mediante la que da publicidad a la de 1 de septiembre de 1992, por la que se acredita al Centro Municipal de Atención a Drogodependientes del Ayuntamiento de Chiclana de la Frontera.

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En cumplimiento de lo dispuesto en el art. 6º del Decreto

330/88 de 5 de diciembre, por el que se dictan las normas en materia de acreditación de Centros y Servicios de Atención a Drogodependientes,

procede hacer pública la Resolución de la Consejera de Asuntos Sociales de fecha 1 de septiembre de 1992, la cual ha sido notificada al solicitante, y cuyo tenor literal es el siguiente: «Examinada la solicitud presentada por D. José J. de Mier Guerra, en calidad de Alcalde del Excmo. Ayuntamiento de Chiclana de la Frontra (Cádiz) en petición de acreditación como centro de tratamiento ambulatorio y centro de día al Centro Municipal de Drogodependencias situado en Avda. de la Música s/n, (Ctra. Nacional 340) Barriada del Pilar de Chiclana de la Frontera y,

Resultando que la apertura al citado centro fue autorizada por el Consejero de Salud, mediante Resolución de 17 de junio de

1991, a favor de la Asociación de Familiares y Amigos para la Ayuda al Toxicómano, si bien se produjo cambio de titularidad del centro en el expediente y en el Registro de centros a nombre del Excmo. Ayuntamiento de Chiclana de la Frontera el 23 de marzo de 1992, al asumir la actividad allí desarrollada. Resultando que el Comisionado para la Droga, a la vista de la solicitud, de la documentación presentada por el citado Ayuntamiento, y en base al cumplimiento de los requisitos exigidos por el Decreto 330/88, de 5 de diciembre (BOJA núm. 2, 1989), por el que se dictan las normas de acreditación de Centros y Servicios de atención a drogodependientes, emite informe favorable sobre la acreditación del centro de referencia como centro de tratamiento ambulatorio y centro de día.

Considerando que esta Consejería es competente para resolver sobre la acreditación de Centros y Servicios de atención a drogodependientes en virtud de los Decretos 223/90, de 27 de julio (BOJA núm. 63) y 287/90, de 11 de septiembre (BOJA núm.

77), sobre reestructuración de Consejerías y de estrutura orgánica de la Consejería de Asuntos Sociales, respectivamente, así como en virtud del art. 6 del Decreto 330/88 antes citado. Considerando que se cumplen los requisitos exigidos por el Decreto 330/88 para la obtención de la acreditación del centro. Vistos los preceptos legales citados, así como los de general aplicación,

RESUELVO

1º. Acreditar al Centro Municipal de Atención a Drogodependientes situado en Avda. de la Música s/n (Ctra. Nacional 340), Barriada del Pilar de Chiclana de la Frontera (Cádiz), perteneciente al Excmo. Ayuntamiento de la citada localidad como Centro de Tratamiento Ambulatorio y Centro de Día, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 330/88 de 5 de diciembre. Esta acreditación será válida durante un período de tres años, siendo renovable previa solicitud efectuada con tres meses, al menos, de anticipación a la fecha de terminación de la vigencia de la presente acreditación.

2º. Notifíquese la presente Resolución, e indíquese que contra la misma, que agota la vía administrativa cabe interponer recurso de reposición ante esta Consejería en el plazo de un mes a contar desde su notificación, de conformidad con lo dispuesto en el art.

52 de la Lery de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956 y artículos 126 de la Ley de Procedimiento Administrativo de 17 de julio de 1958¯.

Lo que se hace público para su general conocimiento.

Sevilla, 28 de octubre de 1992.- El Secretario General Técnico, Pedro Rueda Cascado.

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