Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 114 de 7/11/1992

3. Otras disposiciones

Consejería de Agricultura y Pesca

ORDEN de 30 de octubre de 1992, por la que se crea el registro de organizaciones de productores de frutas y hortalizas.

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El Real Decreto 509/1992 de 14 de mayo modifica al Real Decreto 1101/1986 de 6 de junio, que regula la constitución de las Organizaciones de Productores de Frutas y Hortalizas, y viene a atribuir al Organo competente de las Comunidades Autónomas el reconocimiento de dichas Organizaciones cuando el ámbito geográfico de la Entidad solicitante no supere el territorio de aquéllas.

Se hace, entonces, necesario disponer de un Registro de Organizaciones de Productores de Frutas y Hortalizas donde se incluirán aquellas Organizaciones cuya constitución ostenta resolución favorable, a quienes, en su caso, podrán concedérseles ayudas para fomentar su constitución y facilitar su funcionamiento administrativo.

En su consecuencia, vengo a disponer:

Primero: Se crea en la Consejería de Agricultura y Pesca el Registro General de Organizaciones de Productores de Frutas y Hortalizas, cuyo ámbito geográfico no supere el de esta Comunidad Autónoma, donde serán inscritas aquellas Organizaciones cuya constitución hubiera obtenido resolución favorable de acuerdo con lo establecido en los Reales Decretos 1101/1986 de

6 de junio y 509/1982, de 14 de mayo.

El registro de Organizaciones de Productores de Frutas y Hortalizas se adscribe a la Dirección General de Industrias y Promoción Agroalimentaria.

Segundo: Las Ordenes de reconocimiento darán lugar, de oficio, a las subsiguientes inscripciones en el Registro General de Organizaciones de Productores de Frutas y Hortalizas de Andalucía.

Tercero: El Registro General de Organizaciones de Productores de Frutas y Hortalizas tendrá carácter público, y en él se hará constar para cada entidad los siguientes datos: Denominación, domicilio social, naturaleza jurídica, ámbito geográfico de la organización de productores de frutas y hortalizas, fecha de constitución, fecha de reconocimiento, número de inscripción en el Registro correspondiente, relación y cargos de los componentes de los Organos de Gobierno, y en su caso, del Organo Gestor, nombre y apellidos y titulación, en su caso, del Gerente, copias de los Estatutos, Reglamentos de Régimen Interior y Programa de Actuación vigente debidamente autentificados. Igualmente deberán inscribirse en el Registro las modificaciones de los datos que en el mismo figuren, así com las decisiones que se adopten sobre la suspensión del reconocimiento y la disolución de la Organización. A cada Organización se le asignará un número registral.

Cuarto: La Dirección General de Industrias y Promoción Agroalimentaria comunicará al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, en el plazo de 30 días las resoluciones de reconocimiento, así como las de denegación, modificación o revocación del mismo, a efectos de la comunicación preceptiva a la Comunidad Económica Europea.

A los mismos efectos se remitirá al Ministerio de Agricultura Pesca y Alimentación la información relativa a las actividades de las Organizaciones de Productores de Frutas y Hortalizas.

Quinto: La concesión de los beneficios que, en virtud del artículo

14 del Reglamento (CEE) 1035/72 del Consejo de 19 de mayo, puedan concederse a las Organizaciones de Productores de Fruta y Hortaliza, se condicionará a las disponibilidades presupuestarias.

DISPOSICION TRANSITORIA

Por la Dirección General de Industrias y Promoción Agroalimentaria se procederá a inscribir de oficio en el Registro que se crea por la presente Orden, a las Organizaciones de Productores de Frutas y Hortalizas de ámbito en Andalucía que, como consecuencia de las Disposiciones anteriores al Real Decreto 509/92 de

14 de mayo, se hallen inscritas, con el reconocimiento y sus modificaciones, en el Registro de Asociaciones de Productores de Frutas y Hortalizas del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA).

DISPOSICION FINAL

La presente Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 30 de octubre de 1992

LEOCADIO MARIN RODRIGUEZ

Consejero de Agricultura y Pesca

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