Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 122 de 26/11/1992

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones y concursos

Consejería de Gobernación

ORDEN de 9 de noviembre de 1992, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo: Superior Facultativo, opción: Estadística (A2018).

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En cumplimiento de lo previsto en el Decreto 79/1992, de 19 de mayo, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para 1992, con sujeción a lo dispuesto en el Decreto 264/1989, de 27 de diciembre, que regula el procedimiento de acceso a la condición de funcionario de la Administración de la Junta de Andalucía en las tres primeras ofertas de Empleo Público, esta Consejería de Gobernación, en ejercicio de las competencias que tiene atribuidas en virtud de la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía, el Decreto 130/1986, de 30 de julio, y el Decreto 255/1987, de 28 de octubre, acuerda convocar pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo: Superior Facultativo Opción: Estadística, con sujeción a las siguientes:

BASES DE CONVOCATORIA

1.- NORMAS GENERALES.

1.1.- Se convocan pruebas selectivas para cubrir 8 plazas en el Cuerpo: Superior Facultativo, Opción: Estadística, de acuerdo con la siguiente distribución:

a) 2 plazas para el sistema de promoción interna.

b) 6 plazas, para el sistema de acceso libre.

Los aspirantes sólo podrán participar por uno de los sistemas.

1.2.- Las plazas reservadas para el sistema de acceso por promoción interna, si quedan sin cubrir, no se acumularán a las del sistema general de acceso libre.

1.3.- A las presentes pruebas selectivas les serán de aplicación la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, el Decreto 264/1989, de 27 de diciembre, el Decreto 79/1992, de 19 de mayo, y las bases de la presente convocatoria.

1.4.- El procedimiento de selección de los aspirantes será el sistema de oposición.

1.5.- Con carácter previo y de acuerdo con lo establecido en los artículos 3 y 4 del Decreto 264/1989, al personal que aspire a acceder por el sistema de promoción interna o al que presta o haya prestado servicios en la Administración de la Junta de Andalucía como contratado administrativo o interino, siempre que el nombramiento como funcionario interino o la contratación, administrativa de colaboración temporal se hubiera producido con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley 6/1988, de 17 de octubre, de modificación de la Disposición Transitoria Sexta de la Ley 6/1985, se le valorarán los servicios prestados en las distintas Administraciones Públicas conforme a lo dispuesto en la Base 4 de la presente convocatoria.

Dicha valoración se efectuará sobre los servicios prestados hasta la fecha de publicación de la presente convocatoria. El resultado se expondrá al público junto con la lista de admitidos y excluidos conforme a lo que establece en la Base 5.1 al menos con 48 horas de antelación a la fecha de celebración del primer ejercicio.

1.6.- La oposición constará de los ejercicios que se indican a continuación, siendo eliminatoria cada uno de ellos:

-Primer ejercicio.-

Consistirá en contestar por escrito a un cuestionario de preguntas de respuestas alternativas sobre el programa de materias que figura en el Anexo III de la presente Orden.

-Segundo ejercicio.-

Consistirá en la realización de un ejercicio práctico adecuado a las funciones a realizar en el Cuerpo al que se aspira ingresar y relacionado con el programa de materias.

-Tercer ejercicio.-

Consistirá en la exposición por escrito de dos temas extraídos al azar de entre el programa de materias, durante un tiempo máximo de 4 horas, que serán leídos posteriormente por el candidato en sesión pública. A los efectos indicados se extraerán dos temas de cada uno de los dos grupos de materias de que consta el programa, eligiendo el opositor uno de cada grupo. Compondrá el primer grupo el temario común y el segundo el temario específico.

El orden de lectura de los ejercicios por los opositores se iniciará alfabéticamente por el primero de éstos cuyo primer apellido comience por la letra G, de conformidad con lo establecido en la Resolución de la Consejería de Gobernación, de 29 de mayo de 1992 (Boletín Oficial de la Junta de Andalucía n. 51, de 9 de junio), por la que se publica el resultado del sorteo público celebrado el día 29 de mayo de 1992.

1.7.- Las pruebas selectivas se desarrollarán con arreglo al siguiente calendario:

El primer ejercicio de la Oposición no comenzará antes del día 15 de abril de 1993, determinándose el lugar de celebración, la fecha y la hora de comienzo en la Resolución que se indica en la Base 5.1.

1.8.- En las pruebas selectivas se establecerán para las personas con minusvalías que lo soliciten, de acuerdo con la Base 3.5, las adaptaciones posibles de tiempo y medios para su realización.

1.9.- El Tribunal adoptará las medidas oportunas para garantizar que los ejercicios escritos sean corregidos y valorados sin que se conozca la identidad de los aspirantes.

1.10.- El programa que ha de regir estas pruebas selectivas, es el que figura publicado como Anexo III.

1.11.- No se exigirá a los participantes el pago de derechos de examen, ni será necesaria la previa inscripción en las Oficinas de Empleo para participar en las pruebas selectivas.

2.- REQUISITOS PARA LOS CANDIDATOS

2.1.- Para ser admitido a la realización de estas pruebas selectivas los aspirantes, deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Ser español.

b) Tener cumplidos los dieciocho años de edad.

c) Estar en posesión del título de Licenciado, Arquitecto, Ingeniero o equivalente.

d) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica, que sea incompatible con el desempleo de las correspondientes funciones.

e) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempleo de funciones públicas.

2.2.- Los aspirantes por promoción interna, deberán reunir además los siguientes requisitos:

a) Encontrarse en la situación de servicio activo, excedencia en cualquiera de sus modalidades, servicios especiales o servicios en otras Administraciones Públicas, en alguno de los Cuerpos de la Junta de Andalucía del Grupo B recogidos en la Disposición Adicional Quinta de la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía, o, de conformidad, con lo previsto en el art.

25 y demás preceptos de la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, encontrarse al servicio de la Junta de Andalucía como funcionario del Grupo B, excepción hecha del personal docente y estatutario, en las situaciones administrativas de servicio activo o servicios especiales.

b) Tener una antigüedad del al menos 2 años en el Cuerpo a que pertenezcan Los servicios reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre (BOE de 10 de enero de 1979), serán computables a éstos efectos, siempre que se hayan reconocido en dicho Cuerpo.

2.3.- Todos los requisitos a que se refieren los apartados 2.1 y 2.2, de esta Base, deberán ponerse en el momento de finalizar el plazo de presentación de instancias y mantenerlos durante el proceso selectivo.

3.- SOLICITUDES

3.1.- La solicitud tendrá que formularse, necesariamente, en el impreso original numerado que será facilitado en el Instituto Andaluz de Administración Pública, en la Consejería de Gobernación y en las Delegaciones de ésta en cada una de las provincias andaluzas.

3.2.- Las solicitudes, dirigidas al Ilmo. Sr. Director del Instituto Andaluz de Administración Pública, se presentarán en el Registro General del citado Instituto, calle María Auxiliadora n. 13, -41003- SEVILLA; en el Registro de la Consejería de Gobernación sito en la Plaza de Cristo de Burgos n. 31, -41003- SEVILLA; en las Delegaciones de Gobernación de cada una de las provincias andaluzas, o en la forma establecida en el Art. 66 de la Ley de Procedimiento Administrativo, de

17 de julio de 1958 (BOE n. 171, de 18 de julio), en el plazo de veinte días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el BOJA.

Las solicitudes que se presenten a través de las Oficinas de Correos deberán ir en sobre abierto para ser fechadas y señaladas por el funcionario de Corres antes de ser certificadas, como preceptúa el Art.

66 de la Ley de Procedimiento Administrativo.

Las solicitudes suscritas por los españoles en el extranjero podrán curarse en el plazo expresado anteriormente, a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes, que las remitirán seguidamente al Instituto Andaluz de Administración Pública.

3.3.- Los aspirantes harán constar en la solicitud el sistema de acceso, ya sea por promoción interna o libre. En este último supuesto señalarán, en su caso, si solicitan la valoración de los servicios prestados.

Asimismo, tendrán que identificar en la solicitud esta convocatoria de forma inequívoca, consignando, entre otros extremos, el código A2018 correspondiente al Cuerpo y Opción.

3.4.- Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.

3.5.- Los aspirantes con minusvalía, cualquiera que sea su grado de discapacidad, deberán indicarlo en la solicitud, para lo cual se utilizará el espacio destinado para ello. Asimismo podrán solicitar, expresándolo en el espacio "otros datos a consignar según las bases de la convocatoria", las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios, cuando sean necesarias.

4.- VALORACION DE LOS SERVICIOS PRESTADOS

4.1.- La valoración de los servicios prestados por los aspirantes a la que se refiere la Base 1.5 se realizará de la forma siguiente:

a) Promoción interna.- Se valorarán los servicios prestados hasta la fecha de publicación de la presente convocatoria, otorgándose a los aspirantes por este sistema los puntos siguientes:

1% de la puntuación total de la oposición por mes de servicio efectivo prestado, sin que la puntuación total que se obtenga por este concepto pueda superar el 45% de la puntuación total de la oposición.

b).- Servicios prestados como contratado administrativo de colaboración temporal o interino.- Se valorarán únicamente, los servicios efectivamente prestados hasta la fecha de publicación de esta convocatoria, en puestos iguales o similares a los que se aspira a funciones integradas dentro del grupo al que se oposita, con sujeción al nombramiento de interino o contrato administrativo. A estos efectos, se otorgarán los puntos siguientes:

1% de la puntuación total de la oposición por mes de servicio prestado en los puestos indicados, sin que la puntuación total que se obtenga por este concepto pueda superar el 45% del máximo total de puntos que pueda alcanzarse en las pruebas selectivas.

4.2.- La valoración de los servicios prestados solicitada será aplicada sin justificación documental sobre los servicios que se hubiesen prestado en la Administración de la Junta de Andalucía. En los demás casos, la valoración se efectuará sobre los servicios que se acrediten mediante certificado expedido en el modelo oficial publicado en el Anexo II de esta convocatoria.

5.- ADMISION DE ASPIRANTES.

5.1.- Terminado el plazo de presentación de solicitudes, el Ilmo. Sr. Director del Instituto Andaluz de Administración Pública, por delegación del Consejero de Gobernación, dictará resolución declarando aprobadas las valoraciones a que se refiere la Base 1.5 de la presente convocatoria, la lista de admitidos y excluidos y las causas de exclusión.

Dicha resolución se publicará en el BOJA y en ella se señalarán los lugares que se encontrarán expuestas al público las listas certificadas y el lugar de celebración, fecha y hora de comienzo del primer ejercicio.

5.2. Con objeto de posibilitar las subsanaciones de errores, los aspirantes dispondrán de un plazo de 10 días, contados a partir del siguiente al de publicación de la Resolución, para subsanar los defectos y las valoraciones que hayan motivado su exclusión u omisión de la lista de admitidos y excluidos.

5.3.- Contra dicha Resolución podrá interponerse recurso de reposición en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de su publicación en el BOJA, ante el Ilmo. Sr. Director del Instituto Andaluz de Administración Pública, quien resolverá por delegación del Consejero de Gobernación.

De no presentarse recurso de reposición, el escrito de subsanación de defectos se considerará recurso de reposición, si el aspirante fuese definitivamente excluido de la realización de los ejercicios.

6.- EL TRIBUNAL.

6.1.- El Tribunal de éstas pruebas será el que figura en el Anexo I de esta Orden.

El Presidente del Tribunal designará de entre los vocales, al que actuará como Secretario del mismo.

De conformidad con la Disposición Transitoria Quinta.2 de la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, tendrán representación en el Tribunal las Centrales Sindicales que forman parte de la Mesa General de Negociación de la Comunidad Autónoma Andaluza. A estos efectos, por el Director del Instituto Andaluz de Administración Pública se solicitará de cada una de las Organizaciones Sindicales antes aludidas, la designación de un representante y su suplente para que se incorpore a las reuniones del Tribunal. Las Organizaciones Sindicales deberán designar su representante en el plazo de quince días naturales contados a partir de la recepción de la notificación de el Director del Instituto Andaluz de Administración Pública. Transcurrido dicho plazo sin efectuarse dicha designación, se entenderá que se renuncia al ejercicio de la misma.

6.2.- El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de al menos tres de sus miembros.

6.3.- Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al Ilmo. Sr. Director del Instituto Andaluz de Administración Pública, cuando concurran en ellos alguna de las circunstancias previstas en el Art. 20 de la Ley de Procedimiento Administrativo o si hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas de acceso a los Cuerpos, en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria, para cuyas pruebas hubiesen sido nombrados miembros del Tribunal.

6.4.- El Presidente del Tribunal podrá exigir a los miembros del mismo declaración expresa de no hallarse incurso en las circunstancias previstas en el Art. 20 de la Ley de Procedimiento Administrativo.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran circunstancias previstas en el párrafo anterior.

El Tribunal que actúe en estas pruebas, tendrá la categoría 1ra. de las recogidas en el Anexo V del Decreto 54/1989, de 21 de marzo (BOJA nº 31, de 21 de abril).

6.5.- El Tribunal no podrá declarar que ha superado las pruebas selectivas un número superior de aspirantes al de plazas convocadas. Las propuestas que contravengan este límite serán nulas de pleno derecho.

6.6.- Los miembros del Tribunal son personalmente responsables del estricto cumplimiento de las bases de la convocatoria y de la sujeción a los plazos establecidos para la realización y valoración de las pruebas y para la publicación de sus resultados.

6.7.- El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas, quienes se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas, que serán la única base de su colaboración con el órgano de decisión.

6.8.- Por Resolución de la Consejería de Gobernación se procederá al nombramiento de los funcionarios que deban colaborar temporalmente en el desarrollo de los procesos de selección, con las competencias de ejecución material y ordenación administrativa de los distintos ejercicios que en cada prueba selectiva les atribuya el Tribunal. Este personal estará adscrito a dicho Tribunal y ejercerá sus funciones de conformidad con las instrucciones que éste le curse al efecto.

6.9.- A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el Instituto Andaluz de Administración Pública, calle María Auxiliadora nº 13,-41003-SEVILLA.

6.10.- El Tribunal se disolverá una vez que el Consejero de Gobernación haya nombrado funcionarios de carrera a los aspirantes que hayan superado las pruebas selectivas y cumplan todos lo requisitos establecidos en esta convocatoria.

7.- DESARROLLO DE LOS EJERCICIOS

7.1.- Las pruebas selectivas se celebrarán en la ciudad de Sevilla.

7.2.- En cualquier momento, el Tribunal podrá requerir a los opositores para que acrediten su personalidad.

7.3.- Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan.

7.4.- Si en el transcurso del procedimiento selectivo llegara a conocimiento del Tribunal que alguno de los aspirantes carece de los requisitos necesarios o que se han producido variaciones de las circunstancias alegadas en la solicitud de participación en la convocatoria, podrá declarar por si la oportuna rectificación ó, en su caso, proponerla al Director del Instituto Andaluz de Administración Pública para que, previa audiencia al interesado resuelva por delegación del Consejero de Gobernación y de forma motivada lo que proceda.

8.- CALIFICACION DE LOS EJERCICIOS

8.1.- Los ejercicios de la oposición se calificarán de la forma siguiente:

a) Primer Ejercicio: Se calificará de cero a diez puntos, siendo necesario para aprobar obtener un mínimo de cinco puntos.

b) Segundo Ejercicio: Se calificará de cero a diez puntos, siendo necesario para aprobar obtener un mínimo de cinco puntos.

c) Tercer Ejercicio: Se calificará de cero a diez puntos, siendo necesario para aprobar obtener un mínimo de cinco puntos.

8.2.- El Tribunal queda facultado para la determinación del nivel mínimo de respuesta exigido para la obtención de las calificaciones a que se refiere la base 8.1, de conformidad con el sistema de valoración que acuerde para cada ejercicio. No obstante, para alcanzar las puntuaciones mínimas de cinco puntos a que se refiere la base anterior, en ningún caso podrán utilizarse puntos obtenidos en la valoración previa regulada en las bases 1.5 y 4.

8.3.- La calificación final de las pruebas no podrá superar los treinta puntos y vendrá determinada por la suma de la puntuación obtenida en cada ejercicio de la oposición, a la que se añadirá, en su caso, los puntos obtenidos en la valoración previa prevista en la Base 1.5 hasta alcanzar el máximo expresado.

8.4.- En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en la oposición. Si persistiera, se atenderá a la mayor puntuación obtenida en el ejercicio práctico.

9.- LISTA DE APROBADOS, PRESENTACION DE DOCUMENTACION, SOLICITUD DE DESTINO Y NOMBRAMIENTO DE FUNCIONARIOS.

9.1.- La lista de aprobados de cada uno de los ejercicios a excepción del último, se publicará en los mismos lugares a que se hace referencia en la Base 5.1, para exponer la lista de admitidos y excluidos a las pruebas selectivas.

9.2.- Finalizados los ejercicios de la oposición, el Tribunal elaborará la relación definitiva de aspirantes que han superado las pruebas selectivas, por orden de puntuación, en la que constará la calificación de cada uno de los ejercicios y, en su caso, la valoración de los servicios prestados. Dicha relación se hará pública en los mismos lugares a los que se hace referencia en la Base 9.1. y contra ella, en el plazo de quince días contados a partir del día siguiente al que se haga pública, podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Gobernación.

Sin perjuicio de lo anterior, el Presidente del Tribunal enviará copia certificada de dicha relación con propuesta de nombramiento de funcionarios de carrera al Consejero de Gobernación.

9.3.- La Consejería de Gobernación, a través de la Secretaría General para la Administración Pública, resolverá, de acuerdo con las necesidades de ordenación de efectivos, la oferta de vacantes a los aspirantes seleccionados en las pruebas. En esta figurará, al menos, el mismo número de plazas que aspirantes hayan superado las pruebas selectivas. La oferta se anunciará en los lugares a que se hace referencia en la Base 9.1. o en el BOJA. Los aspirantes seleccionados dispondrán de un plazo de veinte días naturales, a contar desde la publicación de dicha relación, para presentar en la Dirección General de la Función Pública, Plaza de Cristo de Burgos nº 31,-41003-SEVILLA, la petición de destino a la vista de las vacantes ofertadas. Los aspirantes con minusvalía, cualquiera que sea su grado de discapacidad, podrán instar en la propia solicitud de destino la adaptación del puesto de trabajo solicitado y que necesariamente lo requiera.

Las peticiones de destino, que señalarán el orden de preferencia de los puestos, deberán ir acompañadas de los siguientes documentos:

a) Fotocopia del título académico oficial exigido para el ingreso en el Cuerpo, o de la justificación acreditativa de haberlo solicitado y abonado los correspondientes derechos para su obtención, compulsada conforme a lo establecido en la Orden de la Consejería de Gobernación de 1 de octubre de 1991 (BOJA núm. 90 de 11 de octubre).

b) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

c) Certificado médico acreditativo de no padecer enfermedad ni defecto físico que le imposibiliten para el servicio.

Los aspirantes que tengan la condición de minusválidos, cualquiera que sea su grado de minusvalía, deberán presentar certificado de los órganos competentes del Instituto Andaluz de Servicio Sociales u organismos similares de otras Administraciones Públicas, que acredite tal condición, especifique el grado de minusvalía que padece y su capacidad para desempeñar las tareas que correspondan a las plazas objeto de esta convocatoria.

9.4.- Los aspirantes que tuvieran la condición de funcionarios y aquellos otros que estuvieran prestando servicios en la Junta de Andalucía, estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y demás requisitos, siempre que hubiesen sido inscrito o anotados en el Registro General Personal de la Junta de Andalucía.

9.5.- Quienes dentro del plazo fijado y salvo los casos de fuerza mayor no presentasen la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carecen de algunos de los requisitos señalados en las bases 1.5 y 2, no podrán ser nombrados funcionarios y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

9.6.- Transcurrido el plazo de presentación de documentos, el Consejero de Gobernación nombrará funcionarios de carrera a los aspirantes que habiendo superado las pruebas selectivas cumplan los requisitos exigidos en esta convocatoria y determinará el plazo para la toma de posesión en los correspondientes destinos.

9.7.- Los aspirantes seleccionados por el sistema de promoción interna tendrán preferencia sobre el resto de los aspirantes seleccionados para cubrir las vacantes ofertadas para el Cuerpo Superior Facultativo, Opción: Estadística.

9.8.- El personal funcionario que se halle prestando servicio en la Administración de la Junta de Andalucía, desempeñando puestos de trabajo con carácter definitivo, y supere las pruebas selectivas de ingreso en Cuerpo de otro Grupo al que dicho puesto se halle también adscrito, podrá optar entre continuar desempeñándolo con tal carácter o solicitar la adjudicación de alguno de los que con carácter general sean ofrecidos a los aspirantes seleccionados en dichas pruebas.

En el caso de optar por continuar en el mismo puesto, se producirá simultáneamente la toma de posesión en dicho puesto como funcionario del nuevo Cuerpo y la declaración en la situación de excedencia voluntaria, prevista en el Art. 29.3a) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, en el Cuerpo al que pertenecía con anterioridad.

10.- NORMA FINAL

La presente convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de las actuaciones del Tribunal podrán se impugnados por los interesados en los casos y en la forma establecidos por la Ley de Procedimiento Administrativo.

Sevilla, 9 de noviembre de 1992

ANGEL MARTIN-LAGOS CONTRERAS

Consejero de Gobernación

ANEXO I

TRIBUNAL DE LAS PRUEBAS SELECTIVAS PARA INGRESO EN EL CUERPO SUPERIOR FACULTATIVO, OPCION: ESTADISTICA.

PRESIDENTE:

D. Rafael Martín de Agar y Valverde

PRESIDENTE SUPLENTE:

D. Ramón Gutierrez Jaime

VOCALES:

D. Rafael Infante Macías

D. Joaquín Muñoz García

Dña. Milagros Carrero García

D. Andrés Arroyo Pérez

VOCALES SUPLENTES:

D.Antonio González González

D.Juan del Ojo Mesa

D. Carlos Escandón Moret

Dña. Rosario Valpuerta Fernández

Ver Anexo II en páginas 9726 y 9727 de este mismo número.

ANEXO III

PROGRAMA DE MATERIAS DE LAS PRUEBAS SELECTIVAS PARA INGRESO EN EL CUERPO SUPERIOR FACULTATIVO, OPCION: ESTADISTICA

TEMARIO COMUN

1.- El concepto de Constitución. La Constitución como norma jurídica. Líneas fundamentales del constitucionalismo español. La Constitución española de 1978: Estructura. Los poderes del Estado en la Constitución. La Corona. Las Cortes Generales. El Poder Judicial. El Gobierno y la Administración.

2.- Los valores superiores de la Constitución española. Concepto y sentido de los valores superiores. El contenido de los valores superiores. El Estado Español como Estado social y democrático de Derecho.

3.- Los derechos fundamentales. Evolución histórica y conceptual. Los derechos fundamentales en la Constitución española. La participación social en la actividad del Estado. Su inserción en los órganos de la Administraciones Públicas.

4.- El modelo económico de la Constitución española. Principios informadores y objetivos específicos.

5.- La representación política. El sistema electoral español. Los Partidos políticos. Las Organizaciones sindicales y empresariales en España. Principios constitucionales informadores.

6.- El Estado de las autonomías Precedentes histórico-constitucionales. Su regulación en la Constitución española: Vías de acceso a la autonomía e Instituciones Autonómicas.

7.- La Junta de Andalucía: Vía de acceso a la autonomía. Instituciones autonómicas andaluzas: El Parlamento, el Presidente y el Consejo de Gobierno. El Defensor del Pueblo. El Tribunal Superior de Justicia.

8.- La Administración Autonómica: Principios informadores y organización. Los Consejeros, Viceconsejeros, Directores Generales y Secretarios Generales Técnicos. La Administración Periférica de la Junta de Andalucía. La Administración Institucional de la Junta de Andalucía. La Ley de Organización Territorial y la del Gobierno y Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

9.- Distribución de competencias entre el Estado y las Comunidades Autónomas en la Constitución española y en los Estatutos de Autonomía. El ámbito competencial de la Junta de Andalucía. El proceso de traspaso de funciones y servicios del Estado a las Comunidades Autónomas. La Ley del Proceso Autonómico. Las normas de funcionamiento de las Comisiones Mixtas. El proceso de traspaso a la Junta.

10.- Las relaciones entre Administraciones Públicas. Las relaciones entre el Estado y las Comunidades Autónomas: Mecanismos de cooperación y coordinación. El control sobre la actividad de las Comunidades Autónomas. Las relaciones entre las Comunidades Autónomas y la Administración Local. Teoría del conflicto constitucional. Procedimientos de declaración de Inconstitucionalidad. Conflictos de competencia. El requerimiento de incompetencia.

11.- La financiación de las Comunidades Autónomas. Regulación constitucional. La LOFCA. La Ley del Fondo de Compensación Interterritorial. La Ley reguladora de cesión de tributos. La financiación de la Junta de Andalucía.

12.- La Administración Local: Posición constitucional de Municipios y Provincias. Distribución de competencias entre el Estado y las Comunidades Autónomas sobre la Administración Local. Tipología de los Entes Locales. La Provincia: Organización y competencias. El Municipio: Organización y competencias.

13.- El Derecho Administrativo: Concepto y contenido. Tipos históricos de sometimiento de la Administración al Derecho. Sistemas contemporáneos. Norma y realidad social: La aplicación del Derecho.

14.- La Administración Pública: Concepto. La Administración y las funciones y poderes del Estado. Gobierno y Administración. Control legislativo, jurisdiccional y político de la Administración. La Administración y la norma jurídica: El principio de legalidad.

15.- Las fuentes del Derecho Administrativo: Concepto y clases. Jerarquía normativa. Autonomía y sistema de fuentes. La Ley: Concepto y clases. Disposiciones del Ejecutivo con fuerza de Ley. El Reglamento. Clases. Fundamento y límites de la potestad reglamentaria. Reglamentos ilegales. Los reglamentos de los órganos constitucionales.

16.- La relación jurídico-administrativa. Concepto. Sujetos. El administrado. Los derechos públicos subjetivos. Los intereses legítimos. La acción popular. Los actos jurídicos de los administrados.

17.- El acto administrativo: Concepto, clases y elementos. El procedimiento administrativo: Principios informadores. Las fases del procedimiento: Iniciación, ordenación, instrucción y terminación. Procedimiento de ejecución. Los procedimientos especiales.

18.- Los recursos administrativos: Concepto y clases. Requisitos generales de los recursos administrativos. Materia recurrible, legitimación y órgano competente. Examen especial de los recursos de alzada, reposición, revisión y súplica. La jurisdicción

contencioso-administrativa: Conceptos y naturaleza.

19.- Los contratos administrativos: Naturaleza, caracteres y clases. Elementos. Formas de contratación. Resolución, rescisión y denuncia. Contenido y efectos de los contratos administrativos. Acomodación de la LCE. a la legislación comunitaria.

20.- La expropiación forzosa. Potestad expropiatoria Naturaleza y justificación. Sujetos, objeto y causa. El procedimiento expropiatorio. Expropiaciones especiales. Garantías jurisdiccionales. La responsabilidad patrimonial de la Administración. Evolución histórica. Régimen jurídico actual.

21.- Clasificación tradicional de las formas de acción administrativa. El fomento. La actividad de policía. La potestad sancionadora de la Administración. El servicio público: formas de gestión.

22.- Propiedades administrativas: Clases. El dominio público: Concepto y régimen jurídico.

23.- Las Comunidades Europeas. Los Tratados originarios y modificativos. El proceso de integración de España en la CEE. Las Instituciones comunitarias.

24.- Comunidad Económica Europea. Las competencias de la CEE. El Presupuesto de la CEE. El Derecho Comunitario. Tipología de fuentes e integración del Derecho Comunitario.

25.- Las libertades básicas del sistema comunitario. Las políticas comunes. Repercusiones del ingreso en la CEE para la economía andaluza.

26.- El Presupuesto de la Junta de Andalucía. Principios presupuestarios. Elaboración y aprobación del presupuesto. La ejecución del presupuesto: Operaciones necesarias. Gestión de los diferentes gastos. Modificaciones presupuestarias.

27.- Relaciones de servicio entre la Administración y los empleados públicos: Régimen estatutario y Derecho laboral. La reforma de la Función Pública española de 1984. La Ley 6/1985, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía.

28.- Régimen estatutario del personal al servicio de la Administración Derechos y deberes de los funcionarios. Régimen de incompatibilidades. Responsabilidad de los funcionarios. Régimen disciplinario. Delitos de los funcionarios en el ejercicio del cargo. El personal laboral: Régimen general. El Convenio Colectivo único del personal laboral al servicio de la Junta: Ambito y estructura.

29.- Las organizaciones. Tipo de organizaciones. Planificación y programación de la actividad administrativa.

30.- La dirección en las organizaciones. Adopción de decisiones. La comunicación en las organizaciones: Producción y circulación de información; redes de comunicación y de relación.

TEMARIO ESPECIFICO

1.- Estadística: Ideas fundamentales y campo de aplicación. Las unidades estadísticas. Caracteres cualitativos y cuantitativos. Variables discretas y continuas. Escalas.

2.- Distribución unidimensional de frecuencias. Tablas estadísticas. Representación Gráfica.

3.- La reducción de los datos estadísticos. Medidas de posición y de dispersión. Propiedades y aplicaciones.

4.- Momentos potenciales. Medidas de simetría y apuntamiento. Indices de concentración de la renta: Gini y lorenz.

5.- Interpolación. Polinomios de interpolación: Distintas formas. Interpolación polinomial a trozos.

6.- Aproximación. Métodos. Aproximación por mínimos cuadrados. Bases ortonormales.

7.- Distribuciones estadísticas de dos variables. Tablas de doble entrada. Independencia e interdependencia de dos variables. Distribuciones bidimensionales de frecuencia. Distribuciones marginales y condicionales de una distribución de dos variables.

8.- Representaciones gráficas de las distribuciones de dos caracteres: Cualitativos, cuantitativos y sus combinaciones. Otras representaciones gráficas.

9.- Gráficos funcionales: Su utilización. Los gráficos logaritmicos y semilogarítmicos. Gráficos triangulares.

10.- Rectas de regresión. Coeficiente de correlación lineal y cálculo del mismo. Posiciones de la recta de regresión según el valor del coeficiente de correlación.

11.- Distribuciones tridimensionales de frecuencia. Planos de regresión. Coeficientes de regresión parcial. Coeficientes de correlación parcial y múltiple.

12.- Series cronológicas y temporales. Componentes de una serie cronológica. Métodos para la determinación de la tendencia.

13.- El análisis de las series cronológicas. Métodos elementales para la determinación de las variables estacionales y los movimientos cíclicos.

14.- Números índices. Los índices simples. Propiedades. Indices complejos. Indice de precios de consumo.

15.- Propiedades de los índices complejos. Algunos problemas prácticos relacionados con la construcción de un índice. Indice de la producción industrial y salarios.

16.- Fenómenos aleatorios. Concepto de probabilidad. Axiomas. Teoremas fundamentales. Teorema de Bayes.

17.- Variable aleatoria. Función de cuantía. Función de densidad. Función de distribución. Propiedades.

18.- Esperanza matemática. Propiedades. Varianza, desviación típica de una variable aleatoria. Propiedades.

19.- Distribución binomial. Propiedades. Ajuste de una distribución binomial a una distribución de frecuencias.

20.- Distribución uniforme: Propiedades. Distribución de Poisson: Propiedades. Ajuste de una distribución de Poisson a una distribución de frecuencias.

21.- Distribución normal de parámetros 0 y 1. Tablas de áreas. Distribución normal de parámetros a y b. Ajuste de una distribución normal a una distribución de frecuencia.

22.- Distribución de Pareto. Ajuste de una distribución de Pareto a una distribución observada. Críticas generales a los ajustes.

23.- Distribuciones x2 cuadrado de Pearson, T de Student y F de Snedecor.

24.- Distribuciones en la población, en la muestra y en el muestreo. Estimadores. Precisión de un estimador.

25.- Propiedades de los estimadores. Distribución de la media y de la diferencia de medias muestrales.

26.- Contrastes de hipótesis estadísticas. Aplicaciones de las distribuciones: Normal, x2, T, F.

27.- Estimación por punto y estimación por intervalos y coeficientes de confianza.

28.- Métodos de estimación: Métodos de los momentos. Métodos de la máxima verosimilitud.

29.- Aplicación de la x2 a la contrastación de la bondad de un ajuste. Contrastes de independencia y homogeneidad.

30.- Contrastes no paramétricos. Test de rachas, test de signos, test de Wilcoxon. Test de la mediana. Test de Manm-Whitney-Wilcoxon.

31.- Control de calidad. Gráficos y determinación de constantes. Curva característica operante. Análisis sucesional.

32.- Análisis de la varianza: Modelo de dos factores equilibrados. Modelo de efectos fijos, aleatorios y mixtos.

33.- Análisis de la varianza: Modelo de dos factores equilibrados. Modelo de efectos fijos y mixtos.

34.- Modelo de regresión lineal múltiple: Hipótesis del modelo, estimadores de los parámetros, estimador de la varianza de la perturbación aleatoria, coeficiente de correlación. Contraste de hipótesis en el modelo lineal general. Restricciones lineales, cambio estructural y predicción.

35.- Estimadores de máxima verosimilitud en el modelo de regresión lineal múltiple: Propiedades, consistencia, varianza mínima y suficiente. Método de estimación por mínimos cuadrados generalizados. Heteroscedasticidad y correlación serial. Multicolinealidad.

36.- Análisis multivariante: Componentes principales. Modelo matemático y significación geométrica. Interpretación de los componentes principales. Propiedades muestrales.

37.- Análisis factorial: Modelo matemático para la estructura de los factores. Contrastación para la bondad del ajuste. Rotación de factores.

38.- Series temporales: Antecedentes. Tipos. Función de autocorrelación total o parcial. Ruido blanco y camino aleatorio. Transformaciones de datos.

39.- Modelos Arima: Procesos autoregresivos de orden P. Condiciones de invertivilidad de un proceso lineal. Procesos de medias móbiles de orden q. Procesos mixtos Arma (p,q). Estimación de modelos Arma. Evaluación de modelos Arma (p,d,q).

40.- Muestreo probabilístico. Distribución de un estimador en el muestreo. Estimadores lineales insesgados en el muestreo aleatorio simple. Varianzas y su estimación.

41.- Muestreo estratificado. Distribución de un estimador en el muestreo. Estimadores lineales insesgados en el muestreo aleatorio simple. Varianzas y su estimación: Tipos de fijación. Ganancia en precisión.

42.- Muestreo sistemático. Estimadores lineales insesgados. Varianzas y su estimación. Comparación con otros tipos de muestreo.

43.- Estimadores de la razón. Sesgo y varianza aproximada. Estimadores simple y combinado en el muestreo estratificado.

44.- Estimadores de regresión. Varianza y su estimación. Estimadores simples y combinado en el muestreo estratificado.

Comparación de varianzas. Sesgos de los estimadores.

45.- Muestreo de conglomerados del mismo tamaño sin submuestreo. Estimadores lineales insesgados. Varianza y su estimación. Relación entre el tamaño del conglomerado y el coeficiente de correlación intraconglomerados. Conglomerados de distintos tamaños.

46.- Muestreo de conglomerados del mismo tamaño con submuestreo. Teorema de Madow. Varianzas y su estimación. Conglomerados de distintos tamaños, muestreo estratificado biepático.

47.- Muestreo con y sin reposición, probabilidades desiguales. Estimadores lineales insesgados. Varianzas y su estimación. Método de Lahiri.

48.- Muestreo polietápico con y sin reposición, probabilidades desiguales. Estimadores lineales insesgados. Varianzas y su estimación. Regla de Durbin. Casos particulares cuando las probabilidades son iguales.

49.- Muestreo poliétapico con y sin reposición y probabilidades desiguales. Regla de Durbin para la estimación de varianzas. Técnicas de los conglomerados últimos. Método de las pseudorreiteraciones.

50.- Diseños muestrales en el tiempo. Muestras periódicas: Paneles.

51.- Estimación del cambio y de la media entre dos ocasiones. Estimadores de mínima varianza para el cambio y la media en la segunda ocasión. Grupos de rotación.

52.- Muestreo polifásico. Aplicaciones al muestreo estratificado y a los estimadores de la razón y regresión.

53.- La falta dde respesta y principaless métodos para su tratamiento. Modelo de respuesta alatorizada para datos cualitativos.

54.- Tamaño de la muestra: Muestreo aleatorio simple, estratificado y de conglomerados. Efecto de diseño. Optimización en el muestreo bietápico.

55.- El error total en encuesta y censos: Modelo de Hansen, Hurwitz y Bershad. Componentess de la varianza total.

56.- El error total en encuesta y censos: Indice de inconsistencia y su estimación. Estimación de la componente correlacionada de la varianza total de respuesta: Método de observaciones repetidas y de las muestras interprenetantes.

57.- Problemas generales de la recogida de datos. Necesidad y posibilidad de la obtención de los datos. Relaciones con los informantes. Datos que no han de obtenerse. Anonimato de los declarantes y carácter confidencial de las declaraciones.

58.- Estadísticas de la población. El censo, Método de inscripción. Principales datos. Análisis de los resultados. El sexo, índice de masculinidad, edad, pirámide de edades, población activa, grupos profesionales y niveles educativos. Métodos de evaluación de la población futura y en los períodos intercensales.

59.- Estadística del movimiento natural de la población. Recogida de datos. El registro civil. Inscripción y transcripción. Boletines demográficos y su tramitación. Estadísticas migratorias, Nupcialidad y matrimonialidad, coeficientes para medirla y tablas de nupcialidad. Natalidad, fecundidad y reproductividad. Tablas de fecundidad. Generaciones.

60.- Mortalidad. Tabla de mortalidad. Funciones y elaboración. Mortalidad general y específica. Coeficientes. Letalidad.

61.- Estadísticas sanitarias y de higiene: Recogida de datos sobre causas de muerte. Morbilidad. Censo de establecimientos sanitarios y benéficos. Estadísticas antropométricas.

62.- Estadísticas agrarias: Recogida de datos. Censo agrario y encuestas agrarias. Recomendaciones de la FAO y de la CEE.

63.- Estadísticas industriales: Recogida de datosss. Censo industrial. Censo de sociedades y de Empresas. Encuestas industriales. Indice de producción industrial de Andalucía.

64.- Estadísticas de servicios: Recogida de datos. Censo de distribución. Encuesta de servicios.

65.- Estadísticas presupuestarias del Estado, de las Comunidades Autónomas y de las Corporaciones Locales. Estadísticas tributarias. Estadísticas bancarias, de seguros y Bolsa.

66.- Estadísticas socio-económicas: Recogida de datos. Estadísticas de salarios. Estadísticas de precios de consumo. Estadísticas de población activa, empleo y paro. Otras estadísticas sociales.

67.- Estadísticas judiciales. Estadística penal, penitenciaria y de los Tribunales Tutelares de Menores. Estadística judicial, civil y de lo contencioso-administrativo. Otras estadísticas judiciales. Estadísticas de enseñanza y culturales. Recomendaciones de la UNESCO

68.- Encuesta general de población. Principales aspectos.

69.- Tasas demográficas. Clases. Clases de proporciones. Tasas brutas y comparativas: Métodos de población-tipo y tasas-tipo. Tablas demográficas: Las series, el calendario y la intensidad. Métodos para eliminar la interferencia de fenómenos. Probabilidades empíricas, tasas de segunda categoría y proporciones.

70.- Análisis de coyuntura económica. Principales indicadores.

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