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Examinado el expediente incoado a instancia de Don Antonio Benítez Ruano, en su calidad de Presidente de la «Fundación Santa María del Reposo¯, entidad titular del Centro Privado de Preescolar y Educación General Básica «La Milagrosa¯, con domicilio en Avda. Manuel Recio, s/n de Campillos (Málaga), en solicitud de transformación de 1 unidad de Jardín de Infancia en 1 unidad de Párvulos;
Resultando que el expediente ha sido tramitado en la debida forma por la Delegación Provincial de Educación y Ciencia de Málaga;
Resultando que dicha Delegación ha elevado propuesta favorable sobre la referida petición, acompañando los preceptivos informes del correspondiente Servicio de Inspección y Sección de Planificación en sentido favorable;
Resultando que el Centro Privado «La Milagrosa¯ con códigos
29001832, tiene autorización definitiva para 2 unidades de Preescolar (1 unidad de Jardín de Infancia para 40 puestos escolares y
1 unidad de Párvulos para 40 puestos escolares) por Orden de 10 de abril de 1975 y 16 unidades de Educación General Básica para
640 puestos escolares por Orden de 12 de julio de 1973; Resultando que consultados los antecedentes obrantes en la Dirección General de Ordenación Educativa aparece, que la titularidad del Centro la ostenta la «Fundación Santa María del Reposo¯;
Vistos la Ley General de Educación de 4 de agosto de 1970 (BOE del 6 de agosto); el Decreto 1855/74, de 7 de junio (BOE del 10 de julio); la Orden Ministerial de 24 de abril de 1975 (BOE del 2 de mayo); la Orden de 14 de junio de 1983 (BOE del 18 de julio); la Ley Orgánica 8/1985 de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación (BOE del 4 de julio) y demás disposiciones complementarias;
Considerando que, el mencionado Centro reúne los requisitos necesarios de capacidad, instalaciones y personal docente de conformidad con las disposiciones vigentes en la materia; Esta Consejería de Educación y Ciencia ha dispuesto: Conceder la transformación de 1 unidad de Jardín de Infancia en 1 unidad de Párvulos para 40 puestos escolares al Centro Docente Privado de Preescolar y Educación General Básica «La Milagrosa¯, con domicilio en Avda. Manuel Recio, s/n de Campillos (Málaga), quedando con una composición resultante de 2 unidades de Preescolar (Párvulos) para 80 puestos escolares y 16 unidades de Educación General Básica para 640 puestos escolares. Contra esta Orden podrá interponerse ante el Consejero de Educación y Ciencia, según establece el Artículo 126, párrafo 1º de la Ley de Procedimiento Administrativo, recurso de Reposición previo al Contencioso-Administrativo en el plazo de un mes, de conformidad con lo establecido por el Artículo 52, 2º de la Ley de Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 10 de febrero de 1992
ANTONIO PASCUAL ACOSTA
Consejero de Educación y Ciencia
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