Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 26 de 27/3/1992

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Otros. AYUNTAMIENTO LA VILLA DE MONTEMAYOR(CORDOBA)

ANUNCIO de bases del concurso para provisión de una plaza de auxiliar administrativo.

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Uno. Objeto de la convocatoria:

El objeto de la presente convocatoria es la provisión en propiedad mediante el procedimiento de promoción interna por concurso, de una plaza de Auxiliar de Administración General, grupo de clasificación D, del artículo veinticinco de la Ley treinta de mil novecientos ochenta y cuatro, de dos de agosto, modificada por la Ley veintitrés de mil novecientos ochenta y ocho, de veintiocho de julio, de modificación de la Ley de Medidas para la reforma de la Función Pública, dotada con las retribuciones básicas y complementarias que le corresponden.

Dos. Condiciones de los aspirantes.

Sólo podrán tomar parte en el concurso los funcionarios de la plantilla Municipal de este Ayuntamiento que se encuentren en situación de servicio activo en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias.

Tres. Presentación de instancias.

Los que deseen tomar parte en el concurso, deberán solicitarlo mediante instancia dirigida al señor Presidente de este Ayuntamiento en la que manifiesten expresamente que reúnen los requisitos exigidos en la base anterior, y la presentarán en el registro general durante el plazo de veinte días hábiles, de nueve a catorce horas, a partir del día siguente, también hábil, al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

Cuatro. Admisión de los aspirantes.

Terminado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía aprobará la lista de aspirantes admitidos y excluidos, la cual se hará pública en el Boletín Oficial de la Provincia y expuesta en el tablón de anuncios de esta Corporación. Los errores de hecho podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado, estableciéndose un plazo de diez días para subsanarlos. Los aspirantes excluidos podrán interponer recurso de reposición en el plazo de un mes, a partir de la publicación de la lista. Cinco. Tribunal Calificador.

Estará constituido del siguiente modo:

Presidente: El de la Corporación, o persona en quien delegue. Vocales: Un representante designado por la Delegación de Gobernación.

Un representante designado por la Excelentísima Diputación Provincial.

El Secretario de la Corporación.

Secretario: Un funcionario administrativo de administración general que actuará con voz, pero sin voto.

La designación de los miembros del Tribunal se hará pública en el Boletín Oficial de la provincia y tablón de anuncios de este Ayuntamiento.

El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de la mitad más uno de sus miembros, titulares o suplentes, indistintamente. Seis. Méritos.

El concurso consistirá en la calificación y puntuación de los méritos alegados por los aspirantes a efectos de su valoración. Sólo serán puntuados los méritos que a continuación se expresan, de conformidad con el siguiente baremo:

Uno) Por cada año de servicios similares a los de la plaza objeto de este concurso, prestados en este Ayuntamiento, dos puntos por año, hasta un máximo de ocho puntos. Dos) Por cada curso de formación y perfeccionamiento de carácter general de auxiliar administrativo, dos puntos. Tres) Por cada año de servicios prestados en este Ayuntamiento, en cualquier puesto, cero cincuenta puntos por año, hasta un máximo de tres puntos.

Los anteriores méritos que fueren alegados por los aspirantes, habrán de acreditarse mediante los documentos que los justifiquen, que se presentarán junto con las instancias solicitando tomar parte en el concurso.

Siete. Sistema y formas de calificación.

Los méritos alegados debidamente acreditados por los aspirantes serán valorados con arreglo al baremo establecido en la base anterior, no siendo computable más méritos que los expresados en el mismo.

Ocho. Relación de puntuaciones.

finalizada la calificación de los aspirantes, el Tribunal publicará la relación, por orden de puntuación obtenida y, al mismo tiempo elevará a la Alcaldía propuesta de nombramiento a favor del aspirante que hubiera obtenido mayor número de puntos. El aspirante nombrado, deberá tomar posesión de su cargo en el plazo de veinte días, a partir de la comunicación de nombramiento. Nueve. Impugnaciones.

La convocatoria y sus bases, así como cuantos actos administrativos se deriven de ésta, podrán ser impugnados por los interesados en los plazos y formas establecidos en la Ley de

Procedimiento Administrativo.

Diez. Incidencias.

El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden y desarrollo del concurso en todo lo previsto en las presentes bases. Once. Legislación supletoria.

En lo previsto en la presente convocatoria, se estará a lo dispuesto en la Ley Reguladora de Bases de Régimen Local, Reglamento de Funcionarios de Administración Local, Real Decreto dos mil doscientos veintitrés de mil novecientos ochenta y cuatro, de diecinueve de diciembre, y demás disposiciones establecidas aplicables.

Montemayor, 13 de marzo de 1992.- El Alcalde,

Gabriel Mata Varona.

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