Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 3 de 14/1/1992

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

ORDEN de 19 de diciembre de 1991, por la que se ordena el cumplimiento en sus propios términos de la Sentencia de 10 de octubre de 1991, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, recaída en el Recurso 2658/1990.

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En el recurso contencioso-administrativo núm. 2658/90, interpuesto por Recreativos Conil, SA. contra Resolución de la Consejería de Gobernación de 1 de ayo de 1990, sobre infracción a la normativa de juego, expediente núm. 133/89, ha recaído sentencia el 10 de octubre de

1991 pronunciada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, cuyo fallo es del siguiente tenor literal:

Fallamos:

Debemos estimar y estimamos parcialmente el recurso interpuesto por el Procurador Sr. Barrios Sánchez, en nombre y representación de Recreativos Conil, SA. contra resolución de la Consejería de Gobernación de la Junta de Andalucía, de 1 de mayo de 1990, desestimatoria del recurso de alzada contra otra de 14 de julio de 1989, que imponía a la recurrente la sanción de 220.000 pesetas por infracción del artículo

46.1 del Reglamento de Máquinas Recreativas y de Azar; que confirmamos en cuanto a la tipificación de la falta, reduciendo la sanción a

100.001 pesetas, con devolución de lo indebidamente ingresado. En consecuencia, esta Consejería, de conformidad con lo establecido en los artículos 103 y siguientes de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ordena:

Primer: La publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del fallo que ahora se transcribe.

Segundo: El cumplimento de la expresad sentencia en sus propios términos.

Sevilla, 19 de diciembre de 1991

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