Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 60 de 30/6/1992

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones y concursos

Consejería de Educación y Ciencia

ORDEN de 25 de junio de 1992, por la que se nombran los tribunales seleccionadores que han de juzgar el proceso selectivo para la provisión de plazas situadas en la Comunidad Autónoma de Andalucía, en el Cuerpo de Maestros.

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Iltmos. Sres.:

De acuerdo con lo preceptuado en la Base V de la Orden de esta Consejería de Educación y Ciencia de fecha 21 de Mayo de 1992 (BOJA, del 23), por la que se convoca Proceso Selectivo para la provisión de plazas, situadas en la Comunidad Autónoma de Andalucía, en el Cuerpo de Maestro, he dispuesto:

1.- Nombrar los Tribunales Seleccionadores que se relacionan en el Anexo de esta Orden y ante los cuales han de actuar los aspirantes admitidos a la realización del Proceso Selectivo para el ingreso en el Cuerpo de Maestros, de conformidad con la relación publicada por Resolución de la Dirección General de Personal de fecha 19 de junio de 1992 (BOJA, del 25).

A continuación del nombramiento de los miembros de los Titulares y Suplentes por provincias se determinan los aspirantes que actuarán en cada uno de los citados Tribunales Seleccionadores.

2.- Los Delegados Provinciales de Educación y Ciencia, con referencia a la presente Orden, proveerán de las correspondientes credenciales a los Presidentes y Vocales, Titulares y Suplentes, que han de actuar en su provincia, señalándoles la obligación de constituir Tribunales Seleccionadores en el plazo fijado en el punto siguiente.

3.- Los Tribunales Seleccionadores se constituirán en el plazo de cinco días naturales contados desde el siguiente al de la publicación de esta Orden en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

En el acto de constitución y a la vista de la relación de los aspirantes que han de actuar ante el Tribunal Seleccionador, el Presidente y Vocales harán constar en el acta no darse en ellos, ninguno de los motivos de abstención enumerados en el Artículo 20 de la Ley de Procedimiento Administrativo.

En el supuesto de abstención o por cualquier otra causa debidamente justificada, que impida la actuación de alguno o algunos de los miembros Titulares, estos serán sustituidos por sus correspondientes Suplentes, o en su defecto en los que le sigan según el orden en que figuren en la presente Orden.

En la sesión de constitución de cada Tribunal Seleccionador será nombrado el Secretario, cargo que ha de recaer en el Maestro de menor antigüedad en el escalafón.

4.- A partir de su constitución, los Tribunales Seleccionadores para actuar válidamente requerirán la presencia de al menos tres miembros. La ausencia del Presidente será suplida por el Vocal que corresponda según el orden de los mismos, comenzando por el primero y excluyendo al que actúa de Secretario.

5.- Los aspirantes admitidos condicionalmente o excluidos de las listas provisionales que hayan subsanado los defectos que motivaron dicha situación, quedarán adscritos al Tribunal Seleccionador que corresponda.

6.- El acto de presentación tal como se especifica en el punto VI.2. de la Orden de 21 de Mayo de 1992 (BOJA del 25), será el día 17 de Julio, en los lugares que se indicarán en los tablones de anuncios de las Delegaciones Provinciales.

7.- El día del comienzo del Proceso Selectivo se indicará en el acto de presentación y en ningún caso se iniciará con posterioridad al día

20 de Julio. El orden de actuación de los aspirantes se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra "H". Aquellos Tribunales Seleccionadores que no cuenten con aspirantes cuyo primer apellido comience por la indicada letra, iniciará el orden de actuación por la letra o letras siguientes.

8.- Contra esta Orden cabe interponer Recurso de Reposición ante esta Consejería, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 25 de junio de 1992

ANTONIO PASCUAL ACOSTA

Consejero de Educación y Ciencia

Iltmos. Sres.: Director General de Ordenación Educativa y Director General de Personal.

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

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