Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 9 de 31/1/1992

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía y Hacienda

RESOLUCION de 20 de noviembre de 1991, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se autoriza la instalación de una línea AT 220 Kv.DC interprovincial desde el apoyo núm. 205 de la línea Santiponce-La Lancha hasta la subestación Nueva Ecija en Ecija (Sevilla).

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Primero. La empresa Compañía Sevillana de Electricidad, SA., solicitó con fecha 12 de marzo de 1990, en las Delegaciones Provinciales de Economía y Hacienda de Córdoba y Sevilla, autorización administrativa y declaración de utilidad pública para instalar una línea AT. 220 KV DC interprovincial desde el apoyo 205 de la línea "Santiponce-La Lancha", en Palma del Río (Córdoba), hasta la subestación "Nueva Ecija", en Ecija (Sevilla).

Segundo. De acuerdo en el Decreto 2617/1966, de 20 de octubre (Capítulo III., artículo 9º.) que regula el procedimiento para el otorgamiento de autorización administrativa en materia de instalaciones eléctricas, y el Decreto 2619/1966, de 20 de octubre (Capítulo III., artículo 10º.) que desarrolla la Ley 10/1966, de 18 de marzo sobre expropiación forzosa y servidumbre de paso para instalaciones eléctricas, y que aprueba el Reglamento de expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas, se sometió el expediente a información pública, habiéndose publicado anuncio en el BOE. (29 junio 1991), BOJA (10 mayo 1991), BOP. de Sevilla (21 junio 1991), BOP. de Córdoba (4 mayo

1991), ABC de Sevilla (9 mayo 1991) y Diario "Córdoba" (2 mayo 1991).

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Esta Dirección General de Industria, Energía y Minas, es competente para conceder la solicitada autorización según lo dispuesto en el artículo

7º. del citado Decreto 2617/1966, de 20 de octubre, Reales Decretos

1091/1981, de 24 de abril y 4164/1982, de 29 de diciembre, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Juntad e Andalucía en materia de Industria, Energía y Minas, así como los Decretos del Presidente de la Junta de Andalucía 223/1990, de 27 de julio, sobre reestructuración de Consejerías y Decreto 411/1990, de 11 de diciembre, sobre estructura orgánica de la Consejería de Economía y Hacienda.

Vistos los preceptos Legales citados y demás de general aplicación, esta Dirección General de Industria, Energía y Minas a propuesta del Servicio de Energía.

RESUELVE

1º. Autorizar a la empresa Compañía Sevillana de Electricidad, SA. el establecimiento de la citada instalación cuyas características principales son:

Origen: Apoyo nº 205 de la línea Santiponce-La Lancha" en Palma del Río (Córdoba).

Final: Subestación "Nueva Ecija" en Ecija (Sevilla). Términos municipales afectados:

Provincia de Sevilla:

Ecija, Cañada Rosal y La Luisiana.

Provincia de Córdoba:

Palma del Río.

Tipo: Aérea doble circuito.

Tensión: 220 KV.

Longitud: 16,525 KM (15,250 KM en la provincia de Sevilla y 1,275 KM en la provincia de Córdoba).

Conductores: Cóndor La-450 (AL-AC 455, 1 mm2.). Cable de tierra: Dos, AC-50 mm2.

Apoyos: Metálicos galvanizados.

Aisladores Vidrio Templado U-120 BS en amarre y U-120 BS en alineación. Finalidad de la instalación: Alimentar de energía eléctrica a 220 KV a la Subestación "Nueva Ecija".

2º. Declarar en concreto la utilidad pública de la instalación eléctrica que se autoriza a los efectos señalados en la Ley 10/1966, de

18 de marzo sobre Expropiación forzosa y servidumbre de paso para instalaciones eléctricas, y en su Reglamento de aplicación, aprobado por Decreto 2619/1966, de 20 de octubre.

La citada instalación no podrá entrar en servicio mientras no cuente el peticionario de la misma, con la aprobación de su proyecto de ejecución, previo cumplimiento de los trámites que se señalan en el Capítulo IV del citado Decreto 2617/1966, de 20 de octubre, debiendo solicitarse la indicada aprobación en un plazo máximo de 9 meses. Caso de no ser factible lo anteriormente expuesto, se procederá por el peticionario de la autorización a cumplimentar lo que para concesión de prórrogas se ordena en el Capítulo IV del Decreto 1775/1967, de 22 de julio. Contra la presente Resolución podrá interponerse recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Economía y Hacienda en el plazo de 15 días contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 122 y siguientes de la Ley de Procedimiento Administrativo de

17 de julio de 1958.

Sevilla, 15 de noviembre de 1991.- El Director General, Julio Alba Riesco.

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