Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 9 de 31/1/1992

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía y Hacienda

RESOLUCION de 26 de noviembre de 1991, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se autoriza una ampliación de la denominada subestación Los Olivares, situada en la provincia de Jaén.

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ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. La empresa Compañía Sevillana de Electricidad SA., solicitó con fecha 20 de marzo de 1991, en la Delegación Provincial de Jaén, de la Consejería de Economía y Hacienda, autorización administrativa y declaración de utilidad pública para efectuar una ampliación en la subestación denominada Los Olivares, situada en el Campo Vecinal, Jaén-Villar de Cuevas, km. 3 (Jaén), cuya finalidad es atender la demanda de energía en la zona de distribución.

Segundo. De acuerdo con el Decreto 2617/1966, de 20 de octubre (Capítulo III., artículo 9º.), que regula el procedimiento para el otorgamiento de autorización administrativa en materia de instalaciones eléctricas, y el Decreto 2619/1966, de 20 de octubre (Capítulo III., artículo 10º.), que desarrolla la Ley 10/1966, de 18 de marzo, sobre expropiación forzosa y servidumbre de paso, y que aprueba el Reglamento de expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas, se sometió el expediente a información pública, habiéndose publicado anuncios en el BOE. (15 junio 1991), BOJA (31 mayo 1991), BOP. de Jaén (23 mayo 1991), y Diario Jaén (24 abril 1991).

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Esta Dirección General de Industria, Energía y Minas es competente para conceder la solicitada autorización de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 7º. del citado Decreto 2617/1966, de 20 de octubre, Reales Decretos 1091/1981, de 24 de abril y 4164/1982, de 29 de diciembre, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Junta de Andalucía en materia de industria, energía y minas, Decreto del Presidente de la Junta de Andalucía 223/1990, de 27 de julio, sobre reestructuración de Consejerías y Decreto 411/1990 de 11 de diciembre, sobre reestructura orgánica de la Consejería de Economía y Hacienda. Vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación, esta Dirección General de Industria, Energía y Minas, a propuesta del Servicio de Energía,

RESUELVE

Autorizar a la empresa Compañía Sevillana de Electricidad SA. la ampliación de una subestación cuyas características principales serán: Emplazamiento: Camino Vecinal. Jaén-Villar de Cuevas, Km. 3 (Jaén). Finalidad: Atender el aumento de la demanda de energía en la zona. Tipo: Interior y exterior.

En primera Fase:

Potencia: 1 transformador de 30 MVA. 132/66 KV. 1 transformador de 20 MVA.

66/20 KV.

En 132 KV.: 1 celda de transformador (30 MVA). En 66 KV.: 1 celda salida de línea. 2 celdas de transformador (30 MVA. y

20 MVA).

En segunda Fase:

Potencia: 2 autotransformadores de 150 MVA. 220/132 KV. 1 transformador de

120 MVA. 220/66 KV.

En 220 KV.: 2 celdas salida de línea. 2 celdas de autotransformadores (150 MVA. y 150 MVA.) y celda de transformador (120 MVA.). En 132 KV. 2 celdas de autotransformadores (150 MVA. y 150 MVA.). En 66 KV.: 1 celda salida de línea, 1 celda de transformador (120 MVA.).

Declarar en concreto la utilidad pública de la instalación eléctrica que se autoriza a los efectos señalados en la Ley 10/1966, sobre expropiación forzosa y servidumbre de paso para instalaciones eléctricas y en su Reglamento de aplicación, aprobado por Decreto 2619/1966, de 20 de octubre.

La citada instalación no podrá entrar en servicio mientras no cuente el peticionario de la misma, con la aprobación de su proyecto de ejecución, previo cumplimiento de los trámites que se señalan en el Capítulo IV del citado Decreto 2617/1966, de 20 de octubre, debiendo solicitarse la indicada aprobación en un plazo de 9 meses. Caso de no ser factible lo anteriormente expuesto, se procederá por el peticionario de la autorización a cumplimentar lo que para concesión de prórrogas se ordena en el Capítulo IV del Decreto 1775/1967, de 22 de julio. Contra la presente Resolución podrá interponerse recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Economía y Hacienda en el plazo de 15 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 122 y siguientes de la Ley de Procedimiento Administrativo de 17 de julio de 1958.

Sevilla, 26 de noviembre de 1991.- El Director General, Julio Alba Riesco.

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