Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 9 de 31/1/1992

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Ciencia

ORDEN de 20 de diciembre de 1991, por la que se autoriza la transformación de una Unidad de Educación General Básica en una unidad de Educación Especial al Centro Privado de Educación General Básica San Acisclo y Santa Victoria de Córdoba.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Examinado el expediente incoado a instancia de D. Manuel García Barranco, en su calidad de Director del Centro Privado de Educación General Básica "San Acisclo y Santa Victoria", con domicilio en c/ Téllez de Meneses s/n de Córdoba, en solicitud de transformación de 1 unidad de Educación General Básica en unidad de Educación Especial; Resultando que el expediente ha sido tramitado en la debida forma por la Delegación Provincial de Educación y Ciencia de Córdoba; Resultando que dicha Delegación ha elevado propuesta favorable sobre la referida petición, acompañando los preceptivos favorables sobre la correspondiente Servicio de Inspección y Unidad Técnica de Construcciones en sentido favorable;

Resultando que el Centro Privado "San Acisclo y Santa Victoria" con código 14002492, tiene autorización definitiva para 12 unidades de Educación General Básica para 480 puestos escolares por Orden de 14 de diciembre de 1978 y 1 unidad de Educación Especial para 15 puestos escolares por Orden de 22 de julio de 1982; Resultando que consultados los antecedentes obrantes en la Dirección General de Ordenación Educativa aparece, que la titularidad del Centro la ostenta "Obispado de Córdoba-Parroquia Victoria"; Vistos la Ley General de Educación de 4 de agosto de 1970 (BOE. del 6 de agosto); el Decreto 1855/1974, de 7 de junio (BOE. del 10 de julio); l Orden Ministerial de 24 de abril de 1975 (BOE. del 2 de mayo); la Orden de

14 de junio de 1983 (BOE. del 18 de junio); la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación (BOE. del 4 de julio) y demás disposiciones complementarias;

Considerando que, el mencionado Centro reúne los requisitos necesarios para capacidad, instalaciones y personal docente de conformidad con las disposiciones vigentes en la materia;

Esta Consejería de Educación y Ciencia ha dispuesto:

Conceder la transformación de 1 unidad de Educación General Básica en 1 unidad de Educación Especial para 10 puestos escolares al Centro Docente Privado de Educación General Básica "San Acisclo y Santa Victoria", con domicilio en c/ Téllez de Meneses, s/n de Córdoba, quedando con una composición resultante de 11 unidades de Educación General Básica para 440 puestos escolares y 2 unidades de Educación Especial para 25 puestos escolares; sin que esta autorización presuponga otorgamiento de Concierto Educativo, que deberá solicitarse en expediente aparte, según lo establecido en el Real Decreto 2377/1985, de 18 de diciembre (BOE. del 27 de diciembre).

Contra esta Orden podrá interponerse ante el Consejero de Educación y Ciencia, según establece el Artículo 126, párrafo 1 de la Ley de Procedimiento Administrativo, recurso de Reposición previo al Contencioso-Administrativo en el plazo de un mes, de conformidad con lo establecido por el Artículo 52, 2. de la Ley de Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 20 de diciembre de 1991

ANTONIO PASCUAL ACOSTA

Consejero de Educación y Ciencia

Descargar PDF