Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 94 de 24/9/1992

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Ciencia

ORDEN de 1 de septiembre de 1992, por la que se prorrogan becas de formación de personal investigador en colaboración con el Monte de Piedad y Caja de Ahorros de Huelva y Sevilla, dentro del Plan Andaluz de Investigación, correspondiente a la convocatoria de 1990.

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Concluyendo el segundo período de disfrute de la Beca de Formación de Personal Investigador en Colaboración con el Monte de Piedad y Caja de Ahorros de Huelva y Sevilla, dentro del Plan Andaluz de Investigación, correspondiente a la Convocatoria de

1990, Orden de 29 de enero de 1990 (BOJA núm. 14, de 13 de febrero), esta Consejería de Educación y Ciencia ha dispuesto:

Primero. Prorrogar el disfrute de Beca de Formación de Personal Investigador en Colaboración con el Monte Piedad y Caja de Ahorros de Huelva y Sevilla de la citada convocatoria a los beneficiarios de las mismas, que figuran en el Anexo adjunto, a partir del 1 de octubre de 1992 al 30 de septiembre de 1993.

Segundo. La dotación de la beca, con una duración de doce meses, cubrirá los siguientes aspectos.

1. Una asignación mensual de 95.000 pesetas brutas mensuales.

2. Seguro combinado de accidentes individuales, intervención quirúrgica, hospitalización y asistencia médica. Este último es extensible al cónyuge e hijos del beneficiario siempre que no posean cobertura de la Seguridad Social.

La percepción de la beca será incompatible con cualquier otra retribución, beca o ayuda no autorizada expresamente por la Dirección General de Universidades e Investigación.

Tercero. Los beneficiarios están obligados a:

a) Desarrollar eficazmente el Plan de Trabajo presentado, de conformidad con las indicaciones del Director del Proyecto.

b) Enviar a la Dirección General de Universidades e Investigación una memoria anual sobre el desarrollo de la investigación, en la que deberá constar la conformidad del Director del Proyecto.

c) Una vez finalizado el período para el que se ha concedido la beca, deberá presentar a la Dirección General de Universidades e Investigación una memoria final sobre la labor realizada con la valoración del Director del Proyecto. La no observancia de estas normas supondrá la anulación de la beca concedida.

Sevilla, 1 de septiembre de 1992

ANTONIO PASCUAL ACOSTA

Consejero de Educación y Ciencia

A N E X O

UNIVERSIDAD DE SEVILLA ........................ D.N.I Alcaide Lara, Esperanza Rocío ........................ 27.292.807 Algaba González, Concepción ........................ 27.292.068 Arista Palmero, Montserrat ........................ 28.473.970 Centeno Gallego, Miguel Angel ........................ 28.583.875 De Paz Báñez, Mª Violante........................ 29.777.111 Garzón Villar, Andrés ........................ 28.865.105 Jiménez Nieva, Francisco Javier ........................ 76.775.823 Lozano Oyola, José Francisco ........................ 28.882.111 Pérez de la Cruz, María Cristina ........................ 29.478.260 Silva Pérez, Rocío ........................ 28.716.050 Sousa Martín, Carolina ........................ 75.407.725 Toledo Morales, Purificación ........................ 28.702.067 C.S.I.C.

Alvarez Romo, Rafael ........................ 28.881.065

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