Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 94 de 24/9/1992

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía y Hacienda

RESOLUCION de 16 de septiembre de 1992, por la que se revoca el Título-Licencia a la Agencia de Viajes Viajes Alcalá, SA.

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A fin de resolver sobre la retirada del Título-Licencia de Agencia de Viajes del grupo Minorista a «Viajes Alcalá, S.A.¯, se instruyó el correspondiente expediente en el que se acredita su falta de adecuación y regularización a las prescripciones exigidas en la Orden Ministerial de 14.4.88, plazo ampliado a seis meses por la Orden de 11.4.90, por cuanto no han adaptado su capital social a los términos contemplados en el artº 5 apartado a) de la misma. Se ha notificado a los interesados la oportuna propuesta de revocación, no habiendo formulado éstos alegación alguna al respecto, no constando en la actualidad el cumplimiento de los requisitos legales aludidos en los mismos. Tales hechos incumplen lo preceptuado en la Disposición Transitoria Primera de la Orden Ministerial citada, la cual en su apartado 2) dispone la revocación del Título-Licencia de aquellas Agencias de Viajes que no acrediten en el plazo de dos años (prorrogados por la Orden de 11.4.90 citada) su adecuación a cuantos requisitos contiene la misma.

En su virtud, a propuesta de la Dirección General de Turismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4.3) del Real Decreto

271/1988 de 25 de marzo y Orden Ministerial de 14 de abril de 1988, reguladores del ejercicio de las actividades de las Agencias de Viajes.

R E S U E L V O :

Revocar el Título-Licencia de Agencia de Viajes del grupo Minorista a la agencia «Viajes Alcalá, S.A.¯, con el núm. 499 de orden y sede social en Sevilla, Avda. San Francisco Javier s/n Edificio Sevilla II, con todas las consecuencias inherentes a la misma, sin perjuicio en todo caso, del pago de salarios o indemnizaciones que procedan y de las responsabilidades económicas contraídas en el ejercicio de su actividad, en los términos legalmente prevenidos.

Contra la presente Resolución conforme a lo dispuesto en el artículo 48 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía, cabe interponer recurso de reposición, previo al contencioso administrativo, ante el Excmo. Sr. Consejero de Economía y Hacienda, en el plazo de un mes contado a partir de la fecha de su notificación, de conformidad con lo establecido en los artículos 126.1 de la Ley de Procedimiento Administrativo, de 17 de julio de 1958, modificada por Ley 164/1963, de 2 de diciembre y 52 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 27 de diciembre de

1956, modificada por Ley 10/1973, de 17 de marzo.

Sevilla, 16 de septiembre de 1992

JAIME MONTANER ROSELLO

Consejero de Economía y Hacienda

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