Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 11 de 2/2/1993

3. Otras disposiciones

Consejería de Salud

ORDEN de 25 de enero de 1993, por la que se dispone la publicación, para general conocimiento y cumplimiento del fallo de la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Granada, en el recurso contencioso-administrativo núm. 2083/1989 interpuesto contra esta Consejería por la Compañía Unión Industrial y Agroganadera, S.A.

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En el recurso contencioso-administrativo número 2083/1989, seguido a instancia de la Compañía Unión Industrial y Agro-Ganadera, S.A. contra la resolución del Director General de Consumo de 31 de julio de 1991, sobre expediente sancionador, la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Granada, ha dictado sentencia con fecha 27 de enero de 1992, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:

«Fallamos: Estima en parte el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Procurador D. Enrique Alameda Ureña en la representación acreditada de UNIASA, contra la Resolución de la Dirección General de Consumo de la Consejería de Salud y Servicios Sociales de la Junta de Andalucía, de fecha 31 de julio de 1989, que declaró la inadmisibilidad, por extemporáneo, del recurso de reposición interpuesto por la actora contra Resolución de la misma Dirección General, de fecha 16 de enero de

1989, recaída en expediente sancionador núm. 506/87, que a su vez había desestimado en el recurso de alzada interpuesto por la recurrente expedientada en la resolución del Delegado Provincial de la expresada Consejería, -antes de Trabajo y Bienestar Social- de fecha 27 de mayo de 1988, por la que se imponía la multa de cincuenta mil pesetas por infracción en materia de defensa de los consumidores y usuarios, anulándose por no conforme a derecho la primera de las Resoluciones expresadas en cuanto declaró la inadmisibilidad del recurso de resposición, manteniéndose, por ser conforme a derecho, las otras dos expresadas Resoluciones en cuanto impone sanción por la infracción cometida; sin expresa imposición de costas.¯

En su virtud, esta Consejería, de conformidad con lo establecido en los articulos 118 de la Constitución, 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y 103 y siguientes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el BOJA, para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos de la expresada Sentencia.

Sevilla, 25 de enero de 1993

JOSE LUIS GARCIA DE ARBOLEYA TORNERO

Consejero de Salud

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