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En el recurso contencioso-administrativo número 3754/91 interpuesto por Don Alfredo Díaz Sánchez, la Sala de lo Contencioso-Administrativo en Sevilla, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, ha dictado Sentencia, que es firme, con fecha 9 de marzo de 1993, cuya parte dispositiva literalmente dice:
«Fallamos: Rechazando las causas de inadmisibilidad, debemos desestimar y desestimamos el recurso interpuesto por el Procurador Sr. Pérez de los Santos, en nombre y representación de Don Alfredo Díaz Sánchez, contra la desestimación presunta del recurso de reposición deducido contra Resolución de la Consejería de Economía y Hacienda de fecha 18 de enero de 1991 en virtud de la cual, expirado el plazo de la concesión de explotación conjunta de los campings y servicios en ellos instalados en la localidad de Aracena y Palos de la Frontera, se acuerda la prórroga forzosa de la concesión por 6 meses, por ajustado Derecho. Sin costas.¯
En virtud de la delegación de competencias, por Orden de
3 de marzo de 1992, del Excmo. Sr. Consejero de Economía y Hacienda, y de conformidad con lo establecido en los artículos
118 de la Constitución, 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y 103 y siguientes de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, he dispuesto el cumplimiento, en sus propios términos, de la expresada Sentencia, así como su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 1 de octubre de 1993.- El Viceconsejero, José Salgueiro Carmona.
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