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En el expediente instruido al efecto por dicho Ayuntamiento se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 280.1,
282.2, 283, 284.1 y 286.1 y concordantes del Real Decreto Legislativo 1/1992, de 26 de junio, Ley 7/1985, de 2 de abril, Ley 6/1983, de 21 de julio, y demás preceptos de general aplicación. El artículo 13.3 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, aprobado por Ley Orgánica 6/1981, de 30 de diciembre, confiere competencia exclusiva a esta Comunidad Autónoma en materia de Régimen Local.
En su virtud, al amparo de la legislación invocada y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44.4 de la Ley 6/1983, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma, he tenido a bien disponer lo siguiente:
«Prestar conformidad a la cesión gratuita mediante concurso, de unos terrenos incluidos en el Patrimonio Municipal del Suelo del Ilmo. Ayuntamiento de Cártama (Málaga), a fin de dar cumplimiento al acuerdo adoptado por el Pleno del Ayuntamiento en sesión celebrada el día 10 de septiembre de 1993, previa publicación en el Boletín Oficial de la Provincia nº 71, de fecha
19 de abril de 1993, y cuya descripción es la siguiente: Parcela de terreno de 2.924 m2 a segregar de otra de mayor extensión, que comprende las parcelas 1 a 24 de la manzana
8 a) del Polígono 1, del Sector UR-2 (E) de Cártama¯.
Sevilla, 18 de noviembre de 1993
ANGEL MARTIN-LAGOS CONTRERAS
Consejero de Gobernación