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De orden delegada por el Excmo. Sr. Consejero de Trabajo de la Junta de Andalucía, se publica para general conocimiento en sus propios términos el Fallo de la Sentencia dictada con fecha
4 de mayo de 1992, por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Granada, en el Recurso Contencioso-Administrativo núm.
582/90, promovido por Pronsur, S.A., sobre sanción, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
F A L L O :
Estima el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Procuradora Doña María Paz Calvo Pancorbo en la representación acreditada de Pronsur, S.A., contra la Resolución de la Dirección General de Trabajo y Seguridad Social, de la Consejería de Fomento y Trabajo de la Junta de Andalucía, de fecha 8 de enero de 1990 (Ref. Rec. 1399/89), que desestimó el recurso de alzada interpuesto contra la Resolución de la Delegación Provincial de la referida Consejería, en Granada, de fecha 22 de agosto de 1989, que estimando el Acta de Inspección de Seguridad e Higiene SH-1675/89, de fecha 31 de mayo de 1989, impuso a la recurrente la sanción de 100.000 ptas. cuyos actos administrativos se anulan por no conformes a derecho; sin expresa imposición de costas.
Sevilla, 26 de enero de 1993.- El Secretario General Técnico, Venancio Gutiérrez Colomina.
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