Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 16 de 13/2/1993

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía y Hacienda

RESOLUCION de 3 de febrero de 1993, de la Viceconsejería, por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia dictada por la Sala de lo contencioso-Administrativo, Sección Tercera, del Tribunal Supremo, en el recurso de apelación núm. 628/87.

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Por Resolución de 20 de junio de 1983 el Servicio Territorial de Córdoba de la entonces Consejería de Economía, Industria y Energía acordó desestimar las alegaciones presentadas por la Empresa Nacional Carbonífera del Sur, S.A. (ENCASUR), contra la solicitud del Permiso de Investigación Fuente Obejuna número

12.642 interesada por D. José Gómez Gallego, formulándose contra dicha Resolución, por la mencionada Sociedad, recurso de alzada que fue desestimado por la de 14 de septiembre de

1984 de la Dirección General de Industria, Energía y Minas. Contra tales actos administrativos, la Empresa Nacional Carbonífera del Sur S.A. interpuso recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo lo Contencioso-Administrativo de la entonces Excma. Audiencia Territorial de Sevilla, recayendo Sentencia en el recurso número 1662/84, de 25 de octubre de 1986, por la que se desestimó el mismo; Sentencia que fue recurrida en apelación por la mencionada Sociedad ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo, la cual, con fecha 22 de octubre de 1991, dictó Sentencia, conteniendo en su parte dispositiva, el siguiente pronunciamiento:

«Fallamos: Que desestimamos el recurso de apelación interpuesto por la representación procesal de la Empresa Nacional Carbonífera del Sur (ENCASUR), contra la Sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Territorial de Sevilla de 25 de octubre de 1986, recaída en el recurso número 1662/1984, confirmando la misma; sin hacer expresa condena en costas.¯

En virtud de la delegación de competencias, por Orden de

3 de marzo de 1992, del Excmo. Sr. Consejero de Economía y Hacienda, y de conformidad con lo establecido en los artículos

118 de la Constitución, 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y 103 y siguientes de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, he dispuesto el cumplimiento en sus propios términos de la expresada Sentencia, así como su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 3 de febrero de 1993.- El Viceconsejero, José Salgueiro Carmona.

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