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En el recurso contencioso-administrativo núm. 2141/91 interpuesto por D. Rafael García López contra la resolución del Excmo. Sr. Consejero de Salud de 29 de enero de 1990, sobre expediente sancionador, la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla, ha dictado sentencia con fecha 9 de octubre de 1992, cuyo pronuciamiento es del siguiente tenor:
«Fallamos: Que estimando parcialmente el recurso contencioso-administrativo interpuesto por D. Rafael García López modificamos las resoluciones impugnadas ya reseñadas en la presente sentencia en el sentido de reducir la cuantía de la sanción que se impone a 500.001 ptas. Sin costas¯. En su virtud esta Consejería, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución y 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y 103 y siguientes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el BOJA para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos de la expresada Sentencia.
Sevilla, 18 de febrero de 1993
JOSE L. GARCIA DE ARBOLEYA Y TORNERO
Consejero de Salud
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