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Habiéndose dictado por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Sevilla, sentencia de 19 de diciembre de 1992, en el recurso
2568/86, seguido a instancias de Don Manuel Muñoz González y otros arriba referenciados, cuya parte dispositiva dice así:
F A L L O
Que desestimando el recurso formulado por Don Alfonso Peña Vilches y estimando en parte el planteado por Don Manuel Muñoz González, declaramos la validez de los expedientes seguidos por la Administración sobre los actores, revocando las resoluciones recurridas en cuanto afectan a dichos cuatro recurrentes últimamente citados declarando la improcedencia de la inclusión de los mismos en las listas definitivas de afectados por la Reforma Agraria de la Comarca de Vega de Sevilla debiendo ser excluidos dichos señores Muñoz, Valverde y Blázquez de las mismas, condenando a la Consejería de Agricultura y Pesca de la Junta de Andalucía y al IARA a estar y pasar por tal declaración. Esta Consejería, en virtud de los arts. 103 y siguientes de la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que sea cumplida, en sus propios términos la precitada sentencia.
Sevilla, 26 de abril de 1993
LEOCADIO MARIN RODRIGUEZ
Consejero de Agricultura y Pesca
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