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A propuesta de la Dirección General de Industrias y Promoción Agroalimentaria, visto el escrito de solicitud de BAJA como O.P.R. núm. 38 formulado por la entidad Sociedad Cooperativa Andaluza "Torredelcampo", y de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 2796/1986, de 19 de diciembre y Reglamentos (CEE) 136/66 de 22 de septiembre y 2261/84 de 17 de julio, he tenido a bien disponer lo siguiente:
Primero. Descalificar a la entidad Sociedad Cooperativa Andaluza "Torredelcampo", con domicilio en Torredelcampo (Jaén), Avda. de la Constitución núm. 220, como Organización de Productores de Aceite de Oliva núm 38,que fue calificada como tal por Orden de 8 de octubre de 1987, de esta Consejería.
Segundo. Dar cuenta al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación de la presente descalificación para su exclusión del Registro General de las Organizaciones de Productores de Aceite de Oliva.
Sevilla, 1 de junio de 1993
LEOCADIO MARIN RODRIGUEZ
Consejero de Agricultura y Pesca
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