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Visto el expediente tramitado por la Dirección General de Política Interior, de acuerdo con la petición formulada por el Delegado de Gobernación de Cádiz, para la concesión de subvención a los Ayuntamientos de la Línea de la Concepción y San Roque con destino a Viviendas y enseres. Teniendo en cuenta las atribuciones conferidas en los artículos 39 y 47 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma, del Artº 50 de la Ley 5/1983, de 19 de julio, General de la Hacienda Pública de la citada Comunidad, y en base a la Orden de 1 de octubre de 1987, que regula el Fondo de Catástrofe
D I S P O N G O
Primero: Conceder subvención a los Ayuntamientos que a continuación se relacionan, por la cantidad que asimismo se indica.
CADIZ
La Línea de la Concepción______ 3.101.000 Ptas. San Roque.......................................... 12.851.306 Ptas. Total Subvención................................. 15.952.306 Ptas.
Segundo: Dicha subvención será justificada según el Artº 5, de la Orden de 1 de octubre de 1987, que regula el Fondo de Catástrofe.
Tercero: De esta Orden se dará cuenta a dichos Ayuntamientos y se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía a los efectos consiguientes.
Sevilla, 28 de julio de 1993
ANGEL MARTIN-LAGOS CONTRERAS
Consejero de Gobernación
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